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Fiscal, Contable y NóminaCompliance18 mayo, 2023

Despido improcedente: definición y sentencias

El despido de un trabajador es la decisión unilateral del empresario que lo contrata de terminar la relación laboral acordada entre ambos, una decisión que puede ser judicialmente considerada como nula, procedente o también como despido improcedente. Repasamos este concepto y sus consecuencias, y recopilamos con la ayuda de Ceca Magán algunas sentencias recientes sobre el despido improcedente para entender mejor el alcance del concepto. 

¿Qué es un despido improcedente? Definición

La definición del despido improcedente se refiere a los casos en los que, en la decisión del empleador de finalizar la relación contractual que tiene con el trabajador: 
  • se incumplen las formalidades necesarias para ello (preaviso y carta de despido) 
  • y/o bien no se acredita el incumplimiento por parte del trabajador que alega el empresario en la carta de despido

En definitiva, cuando el despido no está justificado ante la ley estamos ante un despido improcedente. No debe confundirse la improcedencia del despido con la tipología del mismo, que lo vincula al motivo que lo ha originado (despidos disciplinarios, por causas objetivas o colectivos). Todos los tipos de despido son susceptibles de ser declarados improcedentes con independencia del motivo que los ha causado, una calificación que siempre se producirá con la mediación de un juez. 

Consecuencias e indemnización por despido improcedente o readmisión del trabajador

De acuerdo con el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, que regula el despido improcedente, cuando un despido es declarado como tal el empresario tiene un plazo de 5 días (desde el momento de la sentencia) para elegir entre dos opciones: 

  • readmitir al trabajador y abonarle el salario que no ha percibido durante todo el tiempo desde el despido hasta la sentencia, o bien, si el trabajador ya tiene otro empleo, el tiempo ocurrido hasta esta circunstancia (siempre antes de la sentencia).
  • o bien facilitar al trabajador una indemnización por despido de treinta y tres días de salario por año de servicio, de acuerdo con el ET. En caso de periodos de tiempo inferiores a un año se prorratearán por meses hasta un máximo de veinticuatro mensualidades. Si se elige esta opción, el contrato se considera extinguido. 

Sentencias de despido improcedente

Las sentencias por despido improcedente suscitan gran interés, dada la amplitud de casos que cubren y las dudas con respecto a su aplicación práctica. 

Píldora de Patricia Hermosilla
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Patricia Hermosilla, Responsable del Departamento Laboral en GAC Economistas y Abogados, explica la importancia de justificar de manera adecuada el despido de un trabajador.

Revisamos algunas sentencias recientes, incluidas en el ebook gratuito Sentencias Laborales de 2023.

¿Podría considerarse la extinción de un contrato de obra como despido improcedente?

, en caso de encomiendas de gestión por las que se produzca concatenación de contratos de obra. Se permite la concertación de un contrato de obra o servicio determinado vinculado a la ejecución anual de una encomienda de gestión, siempre que se trate de cubrir una necesidad de trabajo limitada para la empresa y objetivamente definida, como son las actividades que se prestan por encargo de un tercero, mientras se mantenga dicho encargo y este sea de carácter temporal.

Esto suele darse en el ámbito del sector público, en el que puede existir una necesidad de trabajo temporal y objetivamente definida por depender del órgano administrativo el mantenimiento del encargo de la actividad correspondiente, normalmente vinculada a un presupuesto.

Por ello, no podrá acudirse a esta contratación cuando la actividad que se trata de cubrir temporalmente sea la ordinaria y estructural de la empresa, constituyendo un recurso para evitar la contratación indefinida y desplazando así el riesgo empresarial hacia los trabajadores.

STS de 27 de enero de 2021 (314/2021).

¿Tiene derecho a estar en situación legal de desempleo una persona que, tras una excedencia voluntaria, no es readmitida por la empresa y, en conciliación, ésta reconoce que se ha tratado de un despido improcedente?

Sí, es una situación análoga a la del trabajador injustamente despedido a partir de la fecha del despido. La consecuencia de un despido improcedente por falta de readmisión injusta tras una excedencia voluntaria es que el trabajador se encuentra en situación de alta o asimilada al alta, ya que la empresa no da de alta al mismo en el Régimen General de la Seguridad Social.

Con ello, se debe entender cumplido el requisito del artículo 266. a) del TRLGSS para tener derecho a la prestación de desempleo correspondiente.

STS de 21 de julio de 2021 (4111/2018).

¿Son compatibles la indemnización por despido improcedente con la de la falta del preaviso pactado en los contratos de alta dirección?

Sí, en caso de incumplimientos empresariales. En caso de un despido reconocido judicialmente como consecuencia de su no formalización, pero sí materialización (impidiendo que el trabajador realice sus funciones, dándole de baja en la SS, etc.), el empresario es quien extingue el contrato de alta dirección sin mediar el preaviso pactado, por lo que es responsable del pago:

  • De la indemnización por despido improcedente.
  • De la indemnización pactada por incumplimiento de preaviso.

STS de 11 de mayo de 2021 (4325/2018).

¿Declarada la improcedencia del despido, si no existe centro de trabajo en el que ser readmitida, puede la persona trabajadora optar por la indemnización

Sí, lo permite el art. 110.1.b LRJS.

El art. 110.1.b) LRJS permite a la persona trabajadora que ha obtenido una sentencia favorable declarando la improcedencia de su despido el derecho a optar por la indemnización cuando no es posible la readmisión.

En el caso enjuiciado se había cerrado el centro de trabajo en el que venía prestando servicios en Granada y solo podía ser reincorporada en Málaga o Madrid, lo que le exigía necesariamente el cambio de domicilio.

STSJ de Madrid 1 de junio de 2022 (núm. 504/2022)

 

¿La indemnización por despido improcedente debe calcularse tomando como promedio de horas extraordinarias todo el año anterior al despido cuando dentro de él existió situación de suspensión del contrato por ERTE Covid?

No, no es posible tomar como parámetro temporal espacios en los que el contrato ha estado suspendido.

El periodo de tiempo en el que el contrato ha estado suspendido, sin actividad y sin retribución, no puede integrar el promedio a tomar en consideración para la determinación del salario regulador del despido, cuando afecta a percepciones retributivas que, siendo computables, no son fijas.

Si las cantidades que se toman en consideración son las que se estaban percibiendo al momento del despido, como regla general, resulta que cuando estamos ante conceptos salariales regulares pero intermitentes, o irregulares, la referencia temporal es la de un año inmediato anterior a la extinción, como forma de ajustar en ese caso un promedio de lo que se ha percibido. Y ello implica que en todos esos casos se está ante referencias temporales en las que el trabajador está prestando servicios y percibiendo la remuneración.

STS 7 de julio de 2022 (núm. 638/2022)

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