Devengo
En el apartado “Devengo”:
a) Si se trata de autoliquidación trimestral, debemos consignar:
1T: 1.er Trimestre 2T: 2.º Trimestre 3T: 3.er Trimestre 4T: 4.º Trimestre
b) Si se trata de autoliquidación mensual (Grandes Empresas y Administraciones públicas con presupuesto anual superior a 6 millones de euros), consignaremos:
01: enero 02: febrero 03: marzo 04: abril 05: mayo 06: junio 07: julio 08: agosto 09: septiembre 10: octubre 11: noviembre 12: diciembre
I y II. Rendimientos del trabajo y rendimientos de actividades económicas.
Haremos constar en cada uno de estos epígrafes los datos referentes, respectivamente, a los rendimientos del trabajo y a los rendimientos de actividades económicas que, estando sujetos a retención o a ingreso a cuenta, hayan sido satisfechos o abonados por el declarante durante el período objeto de autoliquidación.
Rendimientos dinerarios.
- Casillas 01 y 07: N.º de perceptores.
- Casillas 02 y 08: Importe de las percepciones. Suma de las retribuciones o contraprestaciones dinerarias integras sujetas a retención satisfechas por el declarante.
- Casillas 03 y 09: Importe de las retenciones. Importe total de las retenciones correspondientes a las percepciones dinerarias satisfechas por el declarante en el periodo objeto de autoliquidación en concepto de rendimientos del trabajo (casilla 03) y de actividades económicas (casilla 09).
Rendimientos en especie.
- Casillas 04 y 10: N.º perceptores. Número total de personas físicas y, en su caso, entidades en régimen de atribución de rentas, a las que el declarante haya satisfecho en el periodo objeto de autoliquidación retribuciones o contraprestaciones en especie sujetas a ingreso a cuenta del IRPF en concepto de rendimientos del trabajo (casilla 04) y de actividades económicas (casilla 10).
- Casillas 05 y 11: Valor percepciones en especie. Suma de las retribuciones o contraprestaciones en especie satisfechas en el periodo objeto de liquidación, valoradas conforme a las reglas establecidas en el artículo 43 de la Ley del Impuesto, en concepto de rendimientos del trabajo (casilla 05) y de actividades económicas (casilla 11).
- Casillas 06 y 12: Importe de los ingresos a cuenta. Importe total de los ingresos a cuenta que corresponda efectuar sobre las percepciones en especie satisfechas por el declarante en el periodo objeto de autoliquidación en concepto de rendimientos del trabajo (casilla 06) y de actividades económicas (casilla 12).
III. Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
IV. Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos.
En las casillas 19, 20 y 21 se reflejarán los datos referentes a las percepciones dinerarias y en las casillas 22, 23 y 24 los que, en su caso, correspondan a percepciones en especie.
V. Contraprestaciones por la cesión de derechos de imagen: ingresos a cuenta previstos en el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto.
Se incluirán en este epígrafe los datos correspondientes a las contraprestaciones sujetas a la obligación de efectuar el ingreso a cuenta a que se refiere el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto, que hayan sido satisfechas por el declarante en el periodo al que se refiere la autoliquidación.
Total liquidación
Casilla 28. Se consignará en esta casilla la suma de las retenciones e ingresos a cuenta que, por todos los conceptos, se hayan hecho constar en los epígrafes anteriores de este apartado.
Cómo presentar el Modelo 111 y dónde descargarlo
Para presentar el modelo 111 hay que tener en cuenta que desde el ejercicio 2014, con la Orden HAP/2194/2013, el modelo deberá presentarse, según los casos:
- De forma electrónica a través de internet, según el tipo de obligado tributario.
- En papel impreso generado exclusivamente mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia tributaria en su sede electrónica.
Presenta los modelos de la AEAT de forma ágil y fiable con nuestro software de contabilidad online para Despachos o un programa de contabilidad online para pymes. El modelo 111 también se puede presentar con a3innuva Nómina, el programa de nóminas para asesorías, o su versión a3innuva Nómina para empresas.
Más información sobre otros modelos de la Renta: modelo 100, modelo 110, modelo 123, modelo 115, modelo 130, modelo 131, modelo 180, modelo 190,modelo 210, y modelo 216.