¿Cómo se presenta el Modelo 390?
- Con un certificado electrónico reconocido emitido de acuerdo a las condiciones que establece la Ley 59/2003. Podrá ser utilizada por todos los sujetos pasivos. No obstante, es obligatorio su uso para los sujetos pasivos inscritos en el Registro de devolución mensual, aquellos que tengan la condición de gran empresa o estén adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, los que tributen en Régimen especial del grupo de entidades, las Administraciones Públicas, así como aquellos que tengan forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada.
- El sistema Cl@ve PIN o sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario establecido, podrá ser utilizado por todas las personas físicas no obligadas a la utilización de certificado electrónico.

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¿Cómo se rellena el modelo 390?
En primer lugar, hay que tener en cuenta que se debe realizar una separación entre el valor de las bases imponibles y el correspondiente al IVA, recogido en la Ley de IVA. Las partes más importantes a tener en cuenta para rellenar el modelo 390 son:
1.Datos de identificación del sujeto pasivo
En este apartado se especifica el NIF y el nombre del autónomo o de la empresa.
2. Devengo
Se especifica ejercicio y si la declaración es sustitutiva.
3. Datos estadísticos
Relación de actividades a las que se refiere la declaración.
4. Datos del representante
Únicamente se debe rellenar en caso de actuar en nombre de un tercero.
5. IVA devengado
Ingresos por tu actividad, desglosados por tipo de operación realizada en Régimen General y tipo de IVA que se le aplica.
6. IVA deducible
IVA deducible (gastos) de aquellas operaciones y gastos realizados relacionados con la actividad profesional.
7. Resultado liquidación anual
Total resultante de tus declaraciones trimestrales.
8. Tributación por razón de Administración
9. Resultado de las liquidaciones
10. Volumen de operaciones
Resumen total de los ingresos según operaciones realizadas.
11. Operaciones específicas
Se consignan las adquisiciones de bienes o servicios de los que no es posible deducir el IVA.
12. Prorrata
En ella se especifican los siguientes campos: actividad económica y código CNAE 2025, importe total de las operaciones, importe de las operaciones con derecho a deducción, el tipo de prorrata y su porcentaje.
13. Actividades con regímenes de deducción diferenciados
Actividades con regímenes de deducción diferenciado (artículo 1 de la ley del IVA) y desglose del IVA deducible en cada operación.
Más información y recursos para presentar el modelo 390 de la AEAT
Consulta más información sobre otros modelos como el Modelo 303 y el Modelo 340.