cabecera modelo 216
Fiscal, Contable y Nómina25 septiembre, 2023

Modelo 216: qué es y cómo se presenta

El Modelo 216 es el Impuesto sobre la Renta de no Residentes; No residentes sin establecimiento permanente y Rentas Obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Pero, ¿Qué requisitos se deben cumplir para presentar correctamente el Modelo de Agencia Tributaria? ¿Cuándo y dónde se realiza la presentación del Modelo 216? ¿Cuáles son las soluciones profesionales más adecuadas para cumplimentar eficazmente el Modelo 216? Repasamos los aspectos clave del Modelo 216 a continuación.

¿Qué es el Modelo 216 de AEAT?

El Modelo 216 de Agencia Tributaria hace referencia a la declaración de Impuesto sobre la Renta de no Residentes; Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente y Retenciones e ingresos a cuenta. En primer lugar, Agencia Tributaria delimita explícitamente que para ser residente en España (persona física o jurídica) se deben cumplir estas disposiciones:
  • Residir en España un periodo superior a los 183 días anuales.
  • Que España sea la sede de la actividad económica principal de la persona física o jurídica.
  • Tanto el cónyuge como hijos menores tengan establecida su residencia en España. 

Bajo estos parámetros se delimita a los residentes y, por tanto, los no residentes, que no cumplan con los criterios citados, deben cumplimentar el modelo 216 y, anualmente, el modelo 296

Modelo 216: ¿para qué sirve? ¿quiénes están obligados a realizar la declaración del Modelo 216?

Como se avanzó en líneas anteriores, el Modelo 216 es el documento por el que se realiza la declaración a Agencia Tributaria tanto de ingresos como de rentas de los trabajadores sin establecimiento permanente y no residentes en España. 

¿Quiénes están obligados, por tanto, a realizar la declaración del Modelo 216?

  • Profesionales de nacionalidad extranjera que desarrollen su labor en oficinas consulares o diplomáticas y, por tanto, sean residentes en España.
  • Personas jurídicas o físicas que, sin ser residentes en el territorio de España, recaben rentas en este país.
  • Entidades no constituidas en España, bajo la premisa de atribución de rentas, con presencia en nuestro país.
  • Aseguradoras que trabajen en España, si bien el domicilio esté asignado a otro país. 

¿Cuándo y dónde se realiza la presentación del Modelo 216 de Agencia Tributaria? 

La declaración del IRNR debe realizarse trimestralmente, concretamente entre los días 1 y 20 de los meses: abril, julio, octubre y enero. Las grandes empresas tienen la obligación de realizar la presentación del modelo 216 mensualmente.
El acceso se realiza a través de la Sede Electrónica de Agencia Tributaria.

¿Cómo se rellena el Modelo 216? 

Para cumplimentar correctamente el Modelo 216, se deben seguir los siguientes pasos: 

modelo 216

  • Datos de la persona que realiza la declaración. En este espacio se deben colocar los datos identificativos del contribuyente. 
  • Devengo. Especificar información sobre el ejercicio y periodo de los que son objeto el modelo. En caso de que se trate de una gran empresa, el devengo es mensual.
  • Especificar la liquidación. En este apartado se diferencia entre las rentas que son sometidas a retención o ingreso y aquellas quedan eximidas. 
  • Importe a ingresar. En este punto, el Modelo 216 estipula la modalidad de abono. La cifra es similar a la marcada en la casilla 07.

En caso de resultar una declaración negativa, se marcará, siguiendo indicaciones de Agencia Tributaria, el apartado reseñado a tal efecto. 

Por último, hay que tener en cuenta dos aspectos: por un lado, si la declaración es complementaria, se debe adjuntar el código justificante de la declaración previa. Además, debe aparecer la fecha y, a su vez, la firma del contribuyente. 

Soluciones profesionales para presentar el Modelo 216

Para simplificar la presentación de este y otros modelos, una opción muy acertada es contar con herramientas como programas de nóminas a3innuva Nómina, que también tiene una versión de programas de nóminas para empresas y programas de nóminas para RRHH.

Para más información, se puede realizar la visita de las instrucciones para el Modelo 216 de la AEAT

Wolters Kluwer lleva más de 30 años en España ofreciendo soluciones integrales de software de gestión, información, servicios y formación.

Suscríbete a a3news y recibe contenidos como éste en tu buzón

Software de Nómina
Simplifica tu gestión de nóminas
Back To Top