El Modelo 303 del IVA consiste en el pago fraccionado del IVA, por el que se abona a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas y el IVA soportado en facturas de gastos.
¿Qué es el Modelo 303?
El Modelo 303 es el pago trimestral fraccionado del IVA. Debe presentarlo cualquier profesional o empresario que desarrolle una actividad sujeta a IVA, independientemente del tipo de empresario (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil, etc) y del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver). También deben presentarlo los arrendadores de inmuebles o bienes y los promotores inmobiliarios.
Cómo se rellena el Modelo 303
A. IVA devengado
En este apartado, se incluyen por separado las bases y las cuotas de IVA, agrupando las cantidades a las que se les aplica el mismo tipo impositivo. Los tipos también se anotan junto a las cantidades que gravan.
Las compras intracomunitarias que dan lugar a inversión de sujeto pasivo se incluyen separadamente, detallando la suma de las bases y de las cuotas autorrepercutidas.
Se anotarán las operaciones distintas a las intracomunitarias que dan lugar a inversión de sujeto pasivo (transmisiones de inmuebles con renuncia a la exención, por ejemplo).
Se incluirán también las modificaciones de bases imponibles, como puede ser cuando se rectifican las facturas consideradas como incobrables.
B. IVA deducible
A continuación se rellenan las casillas correspondientes a los gastos:
- Los gastos corrientes, agrupando las bases en una casilla y las cuotas en otra.
- Los gastos de procedencia intracomunitaria se anotan separadamente. Lo mismo ocurre con los de procedencia extracomunitaria (fuera de la Unión Europea).
- Los bienes de inversión (maquinaria, equipamiento informático…) se anotan en casillas diferenciadas.
- Las rectificaciones de deducciones aplicadas.
La regularización de bienes de inversión y de prorrata. Los bienes de inversión que no permanezcan afectos a la actividad económica durante 5 años deben regularizarse, practicando un ajuste negativo proporcional al porcentaje de deducción aplicada que no puede incluirse como gasto.
El apartado de información adicional es meramente informativo y se refiere a las operaciones intracomunitarias y extracomunitarias, es decir, a lo facturado sin IVA.
Aquellos que facturen a fuera del territorio nacional no tienen que incluir información sobre el importe de las ventas y servicios prestados en las casillas ordinarias, al no devengar cuotas del impuesto. Por eso deben informarse en este apartado.
Existen algunos puntos importantes a tener en cuenta:
- El último día del plazo puede variar si es sábado o festivo, ya que en esos casos se retrasa hasta el siguiente día hábil.
- En caso de que el resultado sea positivo y se quiera realizar la presentación mediante domiciliación el plazo para hacerlo acaba 5 días antes de la fecha indicada.
- En el caso de estar obligado a la presentación mensual o de haberse acogido al REDEME se debe presentar el modelo 303 del 1 al 30 del mes siguiente.
- El apartado de información adicional es meramente informativo y se refiere a las operaciones intracomunitarias y extracomunitarias, es decir, a lo facturado sin IVA.
- Aquellos que facturen a fuera del territorio nacional no tienen que incluir información sobre el importe de las ventas y servicios prestados en las casillas ordinarias, al no devengar cuotas del impuesto. Por eso deben informarse en este apartado.
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Cómo presentar el modelo y dónde descargarlo
Su presentación puede ser de forma telemática, pero para ello necesitarás un DNI electrónico o [email protected] PIN. Están obligados a usar la firma electrónica las grandes empresas, los grandes contribuyentes, las sociedades anónimas y las de responsabilidad limitada.
Este modelo se presenta trimestralmente, es decir 4 veces al año.
- Primer trimestre: Se presenta del 01 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: Se presenta del 01 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: Se presenta del 01 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: Se presenta del 01 al 30 de enero.
Para simplificar la presentación de este y otros modelos, puedes optar por una solución tecnológica que garantice la automatización bancaria, como son a3ASESOR | eco y a3ERP. Para más información puedes visitar las instrucciones para el Modelo 303 en la AEAT.