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Fiscal, Contable y Nómina07 septiembre, 2022

Cómo utiliza la AEAT la Inteligencia Artificial

Bartolome IA chatbots
Bartolomé Borrego, Vocal de Nuevas Tecnologías de la AEAT Andalucía, explica cómo se utilizan la IA y los asistentes virtuales al servicio del contribuyente

La Inteligencia Artificial sigue siendo percibida como una herramienta futurista, a pesar de forma parte de nuestra vida diaria. Bartolomé Borrego, Vocal de Nuevas Tecnologías de la AEAT de Andalucía, revisa en qué consiste y cómo se aplica la IA en la Administración Pública, centrándose en el uso de Asistentes virtuales o chatbots en el Suministro de Información Inmediato (SII) de la Agencia Tributaria

¿Qué es la Inteligencia Artificial?

Hay quien piensa que la lnteligencia Artificial es una cuestión del futuro y que afecta a las áreas tecnológicas de vanguardia, pero lo cierto es que a diario nos estamos relacionando -a veces incluso sin saberlo- con algoritmos que emulan la inteligencia humana. 

La Inteligencia Artificial está presente en nuestras vidas, en las fábricas, oficinas, calles, hospitales, en los dispositivos domésticos… Pero, ¿Qué es realmente la Inteligencia Artificial? Se trata de la simulación de procesos de inteligencia humana por parte de máquinas, de sistemas informáticos. Unos procesos que incluyen el aprendizaje, es decir, la adquisición de información y reglas para el uso de información; el razonamiento, que trataría de usar las reglas para llegar a conclusiones aproximadas o definidas y, también, la autocorrección.

En definitiva, se trata de sistemas que son capaces de responder al usuario y ayudarle en múltiples actividades, como son el aprendizaje, búsqueda y recordatorios o integración de servicios.

Los asistentes virtuales de la AEAT para gestionar el SII y el IVA

imagen gestion del sii y el iva

La Agencia Tributaria ha sabido sacar partido importante a estas herramientas. Con motivo de la implantación del Suministro Inmediato de Información del IVA creó su primer asistente virtual. Un proyecto tecnológico, basado en la inteligencia artificial de IBM, que ha sido pionero en la administración pública española, con el fin de dar soporte a los contribuyentes en la gestión de este suministro inmediato de información de IVA. Este asistente se configuró bajo la forma de un chatbot, con la supervisión de IBM y de expertos de la Administración Tributaria, lo que redujo en un 85% las cuestiones que hasta ahora estaban siendo atendidas por personal de la Agencia Tributaria. 

De esta forma los usuarios pudieron beneficiarse de una atención más ágil y eficaz, mejorando el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Siguiendo con la estrategia orientada al cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que inician actividades económicas, tras la implementación y consolidación del SII, la Agencia Tributaria implantó un segundo asistente virtual, en este caso exclusivo para el IVA. Es decir, no ya solamente los aspectos relacionados con el SII; sino el IVA en general.

La implantación de estas herramientas de apoyo al contribuyente constituyen un cambio trascendental en la actividad profesional del asesor, que debe adoptar una actitud abierta al cambio y de continua adaptación al nuevo entorno para poder salir reforzado del mismo. La profesión evoluciona de forma muy rápida, y por ello debemos mantener nuestro conocimiento sobre el sector más al día que nunca. 

Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023: la Inteligencia Artificial como elemento sustancial

En el Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023 se aprecia una alineación de los distintos instrumentos de planificación, de manera que permitan realizar un seguimiento coherente de los objetivos operativos y priorizar las actuaciones más relevantes para la Agencia.

Tal y como se precisa en el documento que rige las nuevas actuaciones, la experiencia del SII ha supuesto el desarrollo e implantación del “Asistente Virtual” como una novedosa herramienta de asistencia al contribuyente, basada en el uso de la inteligencia artificial, para resolver una amplia gama de cuestiones que pueden ser planteadas por los contribuyentes y que se complementa con la posibilidad de formular las mismas a través de correo electrónico. En particular, el SII, no solo se configura como una novedosa herramienta de asistencia al contribuyente, sino que también es una importante herramienta de ayuda a la prevención del fraude tributario.

Desde el punto de vista de la asistencia, se facilitan al contribuyente las imputaciones que se deduzcan de la información que aparece en las bases de datos de la Agencia Tributaria, y se proporcionará en un primer momento una ayuda para la elaboración de la autoliquidación de IVA en el caso de sujetos pasivos incluidos en el Régimen de devolución mensual (REDEME).

El SII permite efectuar el contraste de facturas, tanto de IVA soportado como de IVA devengado. El alto grado de cumplimiento de los contribuyentes en el registro de ambos tipos de facturas permite a la Agencia Tributaria detectar cuáles son los contribuyentes con mayor o menor cumplimiento tributario y, por tanto, minimizar para aquellos contribuyentes con porcentajes de cumplimiento más elevados los inconvenientes provocados por los procedimientos de comprobación, así como agilizar el pago de las devoluciones mensuales del IVA.

La ampliación de servicios a los contribuyentes

El principal reto, una vez implantado el SII, es ampliar los servicios que se proporcionan a los contribuyentes. Un avance en esta línea es ofrecer un borrador de declaración de la autoliquidación del IVA a los sujetos pasivos del impuesto incluidos en el SII que cumplan un determinado perfil: contribuyentes en el Registro de Devoluciones Mensuales (REDEME), que no sean gran empresa (volumen de ventas en el año anterior inferior a 6.010.121,04 €) excepto:

  • Empresarios que tributen por alguno de los siguientes regímenes especiales: criterio de caja, agencias de viajes, bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, oro de inversión o grupos.
  • Empresarios que sean destinatarios de operaciones en régimen especial de criterio de caja.
  • Empresarios que apliquen la regla de prorrata o tengan sectores diferenciados de actividad.

Progresivamente se irá ampliando el número de empresas que podrán beneficiarse de este servicio. Se trata no solo de prestar un mejor servicio a los sujetos pasivos acogidos al sistema, sino también de ampliar el número de sujetos pasivos que se acogen voluntariamente al mismo ofreciéndoles mejores servicios.

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