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Fiscal, Contable y Nómina27 junio, 2023

Jornada Laboral en España: qué es, tipos y regulación

La regulación de la jornada laboral en España es uno de los aspectos clave a los que se enfrentan los departamentos de RRHH de las empresas, especialmente en un marco normativo cada vez más marcado por nuevos derechos como la conciliación familiar y laboral, el registro horario o la desconexión digital.  Es importante respetar los límites legales a la hora de regular los puntos clave de la jornada laboral: para salir de dudas en este artículo repasamos los más importantes.

Jornada laboral: definición y alcance

La definición de jornada laboral o jornada de trabajo se corresponde con el tiempo que el empleado dedica a realizar sus tareas. Su duración puede pactarse mediante convenio colectivo o recogerse en el propio contrato de trabajo, siempre dentro del límite legal máximo de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, aunque esta cifra podría reducirse próximamente, si prospera la propuesta para establecer la jornada laboral de 37,5 horas a la semana

Muy cercano a este concepto encontramos el del tiempo de trabajo efectivo, que define los límites del tiempo que se considera dedicado a la actividad laboral o bien que queda fuera de la misma. Y también la normativa del registro horario, que obliga a la anotación y control de las entradas y salidas del trabajador para comprobar el cumplimiento de sus horas laborales o la realización de horas extra, así como el almacenamiento de estos datos durante un tiempo determinado. 

Tipos de jornada laboral

A continuación resumimos los distintos tipos de jornada laboral y el detalle de cada uno de ellos:

Tipo de Jornada Laboral
Descripción 
Jornada completa  Consiste en trabajar la duración máxima de la jornada laboral, generalmente establecida en 40 horas semanales. Suele distribuirse en 5 días a la semana, con 8 horas diarias.
Jornada parcial Implica trabajar menos horas que una jornada completa. Puede ser jornada parcial vertical, donde se reduce el número de horas diarias trabajadas, o jornada parcial horizontal, en la que se reduce el número de días trabajados a la semana.
Jornada reducida Es una variante de la jornada parcial y aplica a aquellos trabajadores que por motivos personales o familiares necesitan reducir su horario laboral. Puede solicitarse por un período determinado o de forma permanente.
Jornada partida Consiste en trabajar durante una parte del día, realizar un descanso de 1 o 2 horas y luego continuar trabajando. El descanso divide la jornada en dos tramos.
Jornada intensiva Se concentra la totalidad de las horas de trabajo en una única sesión, generalmente por la mañana o por la tarde. Es común en ciertos sectores durante el verano.
Jornada irregular Es una jornada en la que el horario de trabajo no es fijo y puede variar de un día a otro. Suele aplicarse en trabajos con necesidades cambiantes o impredecibles de producción o servicios.
 Jornada a turnos  Implica trabajar en diferentes turnos rotativos, que pueden ser diurnos, nocturnos o mixtos, siguiendo un sistema establecido. Los trabajadores se alternan en diferentes horarios y días de trabajo.
 Jornada flexible  Permite al trabajador adaptar su horario de trabajo dentro de ciertos límites establecidos. Puede variar la hora de entrada y salida, siempre y cuando se cumpla con las horas totales de trabajo requeridas.
 Teletrabajo  Consiste en realizar el trabajo desde fuera de las instalaciones del empleador, generalmente desde el hogar o cualquier otro lugar fuera de la oficina. Puede ser total o parcial, según la empresa y el tipo de trabajo.

Distribución irregular y descansos en la jornada laboral

Hay que tener en cuenta que las empresas pueden establecer un sistema de distribución irregular de la jornada. Por ejemplo, fijando un número diferente de horas cada semana, siempre respetando los márgenes de descanso en la jornada laboral legalmente establecidos (12 horas entre jornadas; o el ‘tiempo para el bocadillo’, de 15 minutos cada 6 horas; entre otros) y el tiempo máximo de trabajo. 

Este tipo de distribución puede aprobarse vía convenio colectivo o, en su defecto, a través de acuerdo entre empresa y representantes de los trabajadores. Además, la empresa puede distribuir de forma irregular hasta un 10 % de la jornada laboral de forma unilateral siempre que exista causa justificada y aunque no se haya pactado expresamente esta posibilidad. Por ejemplo, si la jornada de un trabajador es de 1.800 horas anuales, un total de 180 podrán distribuirse de forma irregular de forma unilateral por decisión de la empresa. 

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Adaptación y cambios en la jornada laboral

El artículo 34.8 del ET permite a las personas trabajadoras solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, así como de la ordenación del tiempo de trabajo y la forma de prestación, incluyendo el teletrabajo. El objetivo es hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral de los trabajadores.

Algunos ejemplos son:

  • El paso de trabajo a turnos a horario fijo
  • Paso de trabajo nocturno a diurno
  • Paso de trabajo presencial a teletrabajo
  • También es posible eximir al empleado de realizar viajes o de trabajar viernes por la tarde o sábados y domingos

Eso sí, estos cambios en la jornada laboral deberán ser razonables y proporcionados en relación a las necesidades de la persona trabajadora y las necesidades organizativas y productivas de la empresa. Si la solicitud viene motivada por la necesidad de cuidado de un menor, el empleado podrá ejercitar este derecho hasta que éste cumpla los 12 años de edad, y cualquier medida adoptada decaerá cuando se alcance dicha fecha. En cambio, cuando la solicitud venga motivada por el cuidado de un familiar, debemos tener en cuenta que la ley no explicita límites, por lo que deberemos estar a cada caso concreto.

Se podrán pactar los términos del ejercicio de este derecho mediante negociación colectiva pero, en su ausencia, existe un procedimiento definido. En concreto, y en ausencia de regulación convencional, una vez recibida la solicitud por parte del empleado, la empresa abrirá un proceso de negociación durante un periodo máximo de 30 días hábiles. Finalizado este plazo, la empresa, por escrito, comunicará la aceptación o la negativa, o bien una propuesta alternativa. Si no se llega a ningún acuerdo, y en caso de negar este derecho, se deberá argumentar el motivo. 

En cualquier caso, no es cierto que exista un derecho a la ‘jornada laboral a la carta’ o derecho de conciliación a la carta: este artículo faculta al trabajador para solicitar una modificación en su jornada, no para exigirla. En general, cada caso se discutirá de forma individual, teniendo en cuenta cómo afecta la medida propuesta tanto a la empresa como al resto de trabajadores. 

Ten en cuenta que no es posible denegar de forma automática cualquier adaptación al trabajador: en caso de que la discusión llegue a los tribunales, la empresa deberá demostrar que ha hecho lo posible por negociar con el empleado y que ha justificado su negativa debidamente, basándose en necesidades estructurales, productivas, etc. 

Por último, ten en cuenta que estas medidas son compatibles con la reducción de jornada por cuidado de familiar contemplada por la conciliación de la vida laboral y familiar. De hecho, suelen ejercitarse de manera conjunta. 

Permisos retribuidos en la jornada de trabajo

En cuanto a los permisos retribuidos con afectación a la jornada laboral, podemos listar los siguientes:

  • Permiso por matrimonio: asciende a 15 días naturales y, vía convenio colectivo, se puede extender su disfrute a las parejas de hecho. También se puede ampliar este plazo vía convenio colectivo. Matrimonios sucesivos darán derecho a disfrutar de este permiso retribuido cada vez que se produzca una unión de este tipo. Sin embargo, una unión de hecho con una pareja concreta no dará derecho a un nuevo permiso en caso de casarse posteriormente con la misma persona.
  • Permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este permiso asciende a dos días, ampliables a cuatro si es necesario desplazamiento, entendiéndose por desplazamiento cualquier viaje a otra localidad, valorando los kilómetros, medios de transporte utilizado y el tiempo que se tarda en llegar de un lugar a otro. Por ejemplo, el Tribunal Supremo ha considerado que una distancia de al menos 200 km de ida y otros 200 km de vuelta se considera desplazamiento. Un punto importante es que la muerte o enfermedad grave que afecte a un no nacido no dará derecho a este permiso.
  • Permiso por traslado de domicilio habitual: consiste en un día de permiso, entendiéndose por domicilio en lugar de residencia habitual. Este permiso debe disfrutarse en días laborables y, en caso de que coincida con el permiso por matrimonio, este último lo absorbe.
  • Permiso por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendiendo el ejercicio del sufragio activo. Por ejemplo, la asistencia como testigo a un juicio, la renovación de DNI o pasaporte, el derecho a sufragio activo… También se considera permiso retribuido la donación de sangre, a pesar de tratarse de un deber inexcusable. En caso de percibir una indemnización o retribución a raíz de este cumplimiento obligatorio, se descontará su importe del salario al que tuviera derecho del empleado en la empresa.
  • Permiso para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente. Consiste en un crédito de horas mensuales retribuidas que corresponden a cada uno de los miembros del comité de empresa, delegados de personal y delegados sindicales para el ejercicio de sus funciones de representación. El número de horas dependerá del número de trabajadores, moviéndose entre las 15 y las 40 horas. Además, los representantes sindicales que participen en las comisiones negociadoras de convenios colectivos tendrán derecho a los permisos retribuidos necesarios para el adecuado ejercicio de su labor como negociadores.

La jornada laboral de 4 días

La jornada laboral de 4 días es una modalidad que ha ganado popularidad en los últimos años como una alternativa para promover la conciliación entre el trabajo y la vida personal de los empleados. Esta forma de organización del tiempo laboral consiste en realizar la semana laboral en cuatro días en lugar de los tradicionales cinco. Aunque el número total de horas de trabajo se reduce, generalmente se mantienen las 40 horas semanales, distribuyéndolas en jornadas más largas. 

Su implementación permite disfrutar de varios beneficios tanto para el equipo como para la empresa: 

  • Los trabajadores disfrutan de mayor flexibilidad y equilibrio entre su vida laboral y personal, lo que contribuye a reducir el estrés y mejorar su bienestar general. Se implantan medidas de smart working que benefician a toda la plantilla,
  • Como consecuencia de lo anterior aumenta la satisfacción y la motivación del equipo, lo que se traduce en un mayor compromiso y productividad en el trabajo.
  • Las empresas pueden experimentar una mejora en la retención del talento y en la atracción de nuevos profesionales, ya que ofrecer una jornada laboral más flexible es un factor de employer branding y de diferenciación en el mercado laboral. 
  • Se reducen el consumo de energía y optimizan recursos, lo que genera beneficios medioambientales y económicos para la organización.
 

Otras normativas y factores que afectan a las horas laborales

Existen otros factores relevantes con impacto en la jornada laboral: por un lado, la baja laboral, que es el periodo de interrupción de la actividad del trabajador por una causa justificada por motivos de salud. Por otro, la normativa de desconexión digital, que define los límites de trabajo fuera del horario laboral y a partir de la tecnología. Y por otro, la realización de horas extras y su compensación, que tiene su propia regulación, también cercana a la del registro horario. 

Los cambios en la normativa laboral de los últimos meses han dado todavía más relevancia a trabajar con un software de nóminas siempre actualizado a la normativa. Este es el caso de a3innuva Nómina, que además del cálculo y gestión de la nómina dispone de funcionalidades adicionales que puedes añadir según tus necesidades: desde el cuadro de mando para RRHH al anticipo de nómina, con la opción de conectar con múltiples aplicaciones estándar del mercado que puedes conocer en a3marketplace.

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Experta en comunicación legal y periodismo jurídico
Periodista y abogada con más de 10 años de experiencia en el sector de la comunicación y el periodismo legal, ha colaborado con distintos medios de comunicación, despachos de abogados y editoriales jurídicas en la redacción y divulgación de contenido legal y económico.
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