Fiscal, Contable y Nómina05 noviembre, 2025

Verifactu para autónomos: claves y entrada en vigor

La llegada de Verifactu para autónomos y empresarios se encuentra cada vez más cerca y todavía son muchos los profesionales y emprendedores que albergan dudas acerca de su funcionamiento. Te contamos en qué consiste el nuevo proceso de facturación que implican la Ley Antifraude y el Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF), su vinculación con Verifactu y cómo afectarán a la forma de emitir facturas: el objetivo es lograr una mayor transparencia y trazabilidad durante todo el proceso.

¿Qué es Verifactu y cómo afecta a los autónomos?

Verifactu forma parte del desarrollo reglamentario nacido a partir de las novedades establecidas por Ley Antifraude cuyo objetivo era luchar contra el fraude fiscal e impulsar la digitalización y automatización de los sistemas informáticos empresariales. Dicho desarrollo se concretó en 2023 con la publicación del RRSIF, que estableció los requisitos que deben cumplir los programas de facturación de las empresas para garantizar un proceso más transparente y fiable.

  • Se estandariza la forma de emitir y procesar facturas, de forma que autónomos y empresarios cumplan siempre con ciertos requisitos técnicos a la hora de facturar.
  • Todos los software de facturación deben adaptarse a este nuevo protocolo, como ya lo hacen las soluciones de Wolters Kluwer. Hacer uso de una solución adaptada es la forma más sencilla de cumplir con la Ley.
  • Se propone como garantía de este proceso el sistema Verifactu, que implica permitir que Hacienda pueda recibir automáticamente cada factura emitida, alcanzándose así un control exhaustivo de la actividad profesional o empresarial. La alternativa a esta modalidad es es optar por un proceso de facturación no Verifactu: en este caso, el programa de facturación almacena de forma segura y no manipulable todos los registros, que deben almacenarse y quedar a disposición de cualquier petición por parte de la Agencia Tributaria.

¿Quién está obligado a usar Verifactu?

Existe una cierta confusión entre la obligatoriedad del sistema Verifactu y la obligatoriedad del cumplimiento del Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF).
Por ello, en primer lugar hay que aclarar que el RRSIF es de aplicación a los siguientes obligados tributarios que utilicen sistemas informáticos de facturación, aunque solo los usen para una parte de su actividad:

  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (IS), exceptuando a las entidades exentas del artículo 9.1. de la Ley del IS. En cuanto a las entidades parcialmente exentas (apartados 2, 3 y 4 del artículo 9 de la misma Ley), "estarán sometidas a esta obligación exclusivamente por las operaciones que generen rentas que estén sujetas y no exentas del Impuesto”.
  • Contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas.
  • Contribuyentes del IRNR que obtengan rentas mediante establecimiento permanente.
  • Entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, sin perjuicio de la atribución de rendimientos que corresponda efectuar a sus miembros.

En segundo lugar, una vez que se tenga constancia de que hay que cumplir con el RRSIF, además de utilizar un software adaptado al Reglamento, hay que tener en cuenta que existen dos modalidades de cumplimiento:

  • Verifactu: Esta modalidad implica envío directo y automático de los registros informáticos de facturación a la AEAT. Las facturas producidas por este procedimiento serán facturas verificables, dado que podrán ser consultadas en la Sede electrónica por el cliente para asegurarse de su calidad fiscal, utilizando para ello el QR incorporado a la factura.
  • Opción No Verifactu: Esta modalidad de conservación de los registros de facturación en el Sistema Informático de Facturación (SIF) del emisor, no exige remisión automática a la AEAT pero como contrapartida exige requisitos adicionales de seguridad como la firma con certificado de los registros de facturación, así como la generación y conservación de un “Registro de Eventos” del sistema en los términos reglamentariamente establecidos. Las facturas producidas por esta modalidad no serán facturas verificables, dado que no podrán ser consultadas en la sede, pero también incorporarán el Código QR en la factura y podrán ser comunicadas a la Agencia Tributaria.

De lo anterior se puede intuir que la opción recomendada por la AEAT es la de trabajar en un SIF con la modalidad Verifactu ya que implica una mayor transparencia. Si todavía te quedan dudas, consulta nuestra infografía con las diferencias entre modalidad Verifactu y no Verifactu o descarga nuestra ficha resumen con preguntas frecuentes resueltas

En cuanto a las excepciones, de nuevo en relación con el RRSIF, existen las siguientes:

  • No se aplica en los territorios forales, Canarias, Ceuta o Melilla.
  • No aplica a las empresas que ya estén acogidas al SII.
  • No se aplica a los contribuyentes que lleven los libros registros en los términos establecidos en el apartado 6 del artículo 62 del Reglamento del IVA.

¿Qué autónomos deben adaptarse a la nueva facturación?

Todos los profesionales autónomos que estén obligados a emitir facturas en el marco de su actividad y que para ello utilicen un software deberán adaptarse al RRSIF, ya sea con la modalidad Verifactu o no, dentro del plazo legal establecido, por lo que podrán esperar hasta, como máximo, el 1 de julio de 2026 para comenzar a facturar cumpliendo con sus requisitos. 

También será obligatorio estar adaptado para facturar a otros autónomos y empresas. 

¿Cuándo entran en vigor los cambios en facturación para autónomos?

La entrada en vigor de la Ley Antifraude ha estado pendiente durante varios meses de la aprobación de su desarrollo reglamentario. Éste llegó en abril de 2025, a través del Real Decreto 254/2025 y, además de contener los requisitos técnicos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos de facturación, establece los plazos para adaptarse. En el caso de autónomos y pequeñas empresas, la obligatoriedad de cumplir con los nuevos requisitos del RRSIF, ya sea con modalidad Verifactu o no Verifactu, llega el 1 de julio de 2026. 

Por otra parte, las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades dispondrán de un plazo más breve, hasta el 1 de enero de 2026. Por último, desde el 29 de julio de 2025 los desarrolladores de software sólo pueden comercializar programas de facturación adaptados, por lo que cualquier cliente que empiece a utilizarlos a partir de esta fecha ya deberá cumplir con la normativa.

¿Cuánto cuesta Verifactu?

Si ya trabajas con cualquiera de las soluciones de software de facturación de Wolters Kluwer no debes hacer nada ni asumir ningún coste extra, ya que están permanentemente adaptadas a los cambios normativos. Entre otras opciones, en Wolters Kluwer te ofrecemos soluciones como a3factura, el programa de facturación para autónomos que te ofrece la máxima profesionalidad desde sólo 9,95 €/mes, y que puedes probar sin compromiso durante 30 días. Se trata de un software cloud ágil y sencillo pensado para pequeños negocios con el que podrás emitir tus facturas online y disfrutar de un entorno de trabajo colaborativo con tu asesoría, además de cumplir con la normativa. 


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Soluciones de facturación para autónomos adaptadas a la normativa

Aunque la obligatoriedad de adaptarse a la nueva facturación tiene como fecha julio de 2026 para los autónomos, es un buen momento para adelantarte al cambio y ponerte al día, evitando posibles incumplimientos que se traduzcan en sanciones o multas por parte de Hacienda. 

Trabajar con un software de facturación adaptado como los que te ofrecemos en Wolters Kluwer te permitirá tener la tranquilidad de esta permanentemente al día respecto a cambios normativos: somos expertos en software de facturación y contamos con soluciones diseñadas específicamente para cubrir las necesidades de profesionales de autónomos y pymes. Descubre nuestro software Verifactudiseñado para todo tipo de actividades profesionales y negocios. 

Wolters Kluwer lleva más de 35 años en España ofreciendo soluciones integrales de software de gestión, información, servicios y formación.

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