Fiscal, Contable y Nómina Actualizadonoviembre 18, 2024

Qué es un Plan de Igualdad de empresas y para qué sirve

Un plan de igualdad es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas tras realizar un diagnóstico de situación, para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo en la empresa. Es obligatorio para las empresas de cincuenta o más personas trabajadoras y también en los supuestos previstos por convenio colectivo o por una resolución de la autoridad laboral.

Qué es un Plan de igualdad

El Plan de igualdad en la empresa responde a las medidas adoptadas para igualar las oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo, y surge de un diagnóstico previo.

Tanto el propio plan de igualdad como su diagnóstico previo deben negociarse con la representación legal de las personas trabajadoras. Si la empresa no cuenta con ella, la parte social de la comisión negociadora se integra por los sindicatos más representativos y los representativos del sector que estén legitimados para negociar el convenio aplicable

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Desde 2022, deben elaborar y aplicar un plan de igualdad todas las empresas con cincuenta o más personas trabajadoras, y también cuando así lo establezca el convenio colectivo aplicable o cuando la autoridad laboral lo haya acordado en un procedimiento sancionador. Para el resto de empresas, la elaboración e implantación del plan es voluntaria, previa consulta a la representación legal de las personas trabajadoras.

Infórmate también sobre el protocolo de acoso laboral, cuándo es obligatorio y cómo diseñarlo.

Qué empresas están obligadas a tenerlo

Desde 2022, deben elaborar y aplicar un plan de igualdad todas las empresas con cincuenta o más personas trabajadoras, y también cuando así lo establezca el convenio colectivo aplicable o cuando la autoridad laboral lo haya acordado en un procedimiento sancionador. Para el resto de empresas, la elaboración e implantación del plan es voluntaria, previa consulta a la representación legal de las personas trabajadoras.

Infórmate también sobre el protocolo de acoso laboral, cuándo es obligatorio y cómo diseñarlo. 

Cómo se calcula la plantilla de 50 personas

A efectos de computar este límite de 50 trabajadores se tiene en cuenta la plantilla total de la empresa, con independencia del número de centros y de la modalidad contractual, incluyendo a las personas fijas discontinuas, temporales y puestas a disposición. Cada persona a tiempo parcial computa como una persona y los contratos temporales extinguidos en los seis meses anteriores se suman conforme a la regla de cada cien días trabajados o fracción. Además, el cálculo debe realizarse, al menos, el último día de junio y de diciembre. Una vez alcanzado este umbral, la obligación de negociarlo, elaborarlo y aplicarlo se mantiene aunque la plantilla descienda posteriormente por debajo de cincuenta personas, hasta que termine la vigencia del plan o, en su defecto, durante cuatro años. 

La empresa debe constituir la comisión negociadora en los tres meses siguientes a alcanzar la plantilla que hace obligatorio el plan. Como regla general, el plan debe estar negociado, aprobado y con la solicitud de registro presentada en el plazo máximo de un año desde que finaliza ese plazo inicial.

Cómo se elabora un plan de igualdad: diagnóstico, contenido mínimo, duración y registro

Dichas medidas se deben establecer en base a un diagnóstico inicial que deberá contener, al menos, la selección y contratación, clasificación profesional, formación, promoción profesional, condiciones de trabajo —incluida la auditoría retributiva—, ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral, infrarrepresentación femenina, retribuciones (retribución flexible, retribución en especie, etc.) y prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

El plan debe incluir como contenido mínimo el diagnóstico, los resultados de la auditoría retributiva, objetivos cualitativos y cuantitativos, medidas concretas con plazo de ejecución y prioridad, indicadores, recursos necesarios, calendario de actuación y un sistema de seguimiento, evaluación y revisión.

La vigencia del plan de igualdad no puede superar cuatro años. Debe revisarse, entre otros supuestos, cuando el seguimiento evidencie su insuficiencia, cambie sustancialmente la plantilla, la organización o el sistema retributivo, se produzca una operación societaria o exista una resolución judicial por discriminación. Además, los planes de igualdad, tanto obligatorios como voluntarios, deben inscribirse en un registro público.

Infórmate también sobre las implicaciones de la Ley de Transparencia Salarial.


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Sanciones por incumplimiento de los planes de igualdad

El incumplimiento de las obligaciones sobre planes y medidas de igualdad puede constituir una infracción grave, con cuantías que dependen de la infracción tipificada y de sus circunstancias de graduación. Si un plan se impuso como sustitución de sanciones accesorias y la empresa no lo elabora, no lo aplica o incumple manifiestamente los términos de la resolución, pueden reactivarse esas sanciones accesorias, además de la sanción que corresponda.

Preguntas frecuentes sobre el plan de igualdad

  • ¿Qué es un Plan de Igualdad en una empresa?
    Un Plan de Igualdad es un conjunto de medidas orientadas a garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la empresa. Su finalidad es eliminar cualquier discriminación por razón de sexo y promover una gestión más equitativa en aspectos como la contratación, la promoción profesional, la formación, la retribución o la conciliación. Estas medidas deben acordarse entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras.
  • ¿Cuándo es obligatorio tener un Plan de Igualdad?

    El Plan de Igualdad es obligatorio cuando se cumple alguno de los siguientes supuestos:

    • La obligación está recogida en el convenio colectivo aplicable.
    • La empresa cuenta con 50 o más personas trabajadoras en plantilla.
    • La autoridad laboral lo exige como consecuencia de un procedimiento sancionador.

    Además, la normativa establece la obligatoriedad según el tamaño de la plantilla:

    • Más de 150 personas trabajadoras: desde marzo de 2020.
    • Entre 100 y 150 personas trabajadoras: desde marzo de 2021.
    • Entre 50 y 100 personas trabajadoras: desde marzo de 2022. 
  • ¿Qué debe incluir un Plan de Igualdad?

    Un Plan de Igualdad debe diseñarse a partir de un diagnóstico previo de la situación de la empresa e incorporar medidas concretas para corregir posibles desigualdades. Entre las áreas que debe analizar se encuentran:

    • Proceso de selección y contratación.
    • Clasificación profesional.
    • Formación y promoción profesional.
    • Condiciones de trabajo y auditoría salarial.
    • Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
    • Retribuciones. Infrarrepresentación femenina.
    • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

    El objetivo es establecer acciones prioritarias que ayuden a eliminar desigualdades y favorecer la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. 

  • ¿Qué ocurre si una empresa no cumple con la obligación del Plan de Igualdad?
    El incumplimiento de la normativa sobre Planes de Igualdad puede considerarse una infracción grave. Las sanciones económicas pueden oscilar entre 751 y 7.500 euros y alcanzar hasta 225.018 euros cuando la obligación deriva de un mandato de la Inspección de Trabajo. Además de las multas, las empresas pueden enfrentarse a consecuencias adicionales, como limitaciones para contratar con las administraciones públicas cuando estén obligadas a disponer de un Plan de Igualdad y no lo hayan implantado correctamente. Estas sanciones reflejan la importancia de cumplir con las obligaciones en materia de igualdad y evitar situaciones de discriminación en el entorno laboral. 
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