Fiscal, Contable y Nómina27 junio, 2026

IVA en la Era Digital: así te afecta la Directiva ViDA de la UE

La Directiva ViDA (VAT in the Digital Age) supone una de las reformas fiscales más ambiciosas de los últimos años en el marco de la Unión Europea (UE). Con el fin de luchar contra el fraude fiscal y aflorar un IVA no declarado que alcanza cifras multimillonarias, la norma introduce, entre otras cosas, la factura electrónica europea, que más técnicamente se podría definir como un modelo de factura electrónica estructurada para informar operaciones intracomunitarias siguiendo la norma europea EN 16931, y que conlleva una nueva obligación de suministro casi inmediato de dichas operaciones, así como novedades que afectan especialmente a e-commerces, marketplaces y negocios dedicados al turismo.

Te contamos cómo afecta ViDA a tu empresa, asesoría o despacho profesional y cómo se relaciona con las leyes españolas como la Ley Antifraude o la Ley Crea y crece.

¿Qué es ViDA (VAT in the Digital Age)?

El proyecto VAT in the Digital Age de la Comisión Europea, también conocido como paquete ViDA, consiste en un conjunto de medidas diseñadas para modernizar y mejorar la gestión del IVA en la UE. Su origen se encuentra en la Directiva (UE) 2025/516 del Consejo, de 11 de marzo de 2025, por la que se introducen modificaciones en la Directiva 2006/112/CE en relación con el IVA en la era digital

La reforma, que se introducirá paulatinamente hasta 2035, conlleva cambios profundos en materia de gestión del IVA que afectarán de manera directa a las reglas del juego de la facturación intracomunitaria. Además, se introducen medidas de control que afectan principalmente al sector del turismo.

 

imagen ViDA (VAT in the Digital Age)

 

¿Qué objetivos tiene el proyecto ViDA?

El proyecto ViDA se integra en el llamado Plan de Acción del IVA de la UE, que tiene como finalidad dotar al sistema tributario de nuevas herramientas para combatir el fraude fiscal, así como reducir las cargas administrativas que soportan empresarios y profesionales. Con ello se pretende favorecer el desarrollo del comercio electrónico, de las plataformas digitales y, en definitiva, de la economía digital.

La UE viene adoptando distintas medidas en este sentido desde 2021, destacando la regulación del IVA digital en las compras por internet (incluyendo reglas de recaudación en operaciones internacionales), o la generalización del uso de los sistemas de ventanilla única para la liquidación de este impuesto. El siguiente paso consiste en la aplicación de la Directiva ViDA (VAT in the Digital Age), que profundiza en la adaptación del IVA a la economía digital.

¿Cuáles son los pilares del proyecto VAT in the digital age?

La Directiva ViDA avanza en la adaptación del sistema IVA al entorno digital a través de tres pilares esenciales:

  • Factura electrónica y reporte obligatorios para operaciones intracomunitarias. La Directiva introduce la obligación de suministrar de forma casi inmediata información digitalizada para las operaciones intracomunitarias, a través de un procedimiento de declaración informativa o e-reporting basado en el uso de una factura electrónica estructurada y armonizada (e-invoicing).
  • Refuerzo del papel de las plataformas digitales en la gestión y recaudación del IVA, extendiendo la figura del proveedor asimilado -que ya se aplica en determinados supuestos de comercio electrónico- a sectores en los que se han detectado distorsiones competitivas, como el alquiler de alojamientos de corta duración y el transporte de pasajeros. Esto significa que plataformas como Airbnb o Booking deberán recaudar e ingresar las cuotas de IVA devengadas en estas operaciones en nombre del anfitrión. 
  • Reducción de cargas administrativas y de registro. Con el objetivo de evitar múltiples registros a efectos del IVA dentro de la Unión, se avanza hacia un sistema en el que los sujetos pasivos dispongan de un único registro asignado por la Administración tributaria de su Estado miembro de establecimiento.

¿Cuál es el calendario de aplicación de la Directiva ViDA?

La transposición de la Directiva ViDA se llevará a cabo en varias fases, siendo las más relevantes las que entrarán en vigor el 1 de julio de 2028 y el 1 de julio de 2030.

  • A partir del 1 de julio de 2028 entrarán en vigor las obligaciones que pesan sobre las plataformas digitales de alojamiento de corta duración y de servicios de transporte por carretera entre dos puntos de la Unión Europea.
  • A partir del 1 de julio de 2030 será obligatoria la expedición de facturas electrónicas en formato estructurado para documentar las operaciones intracomunitarias de bienes y servicios, con un contenido mínimo definido por la Directiva. Además, el plazo para la emisión de las facturas se reducirá a 10 días desde el devengo.

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¿Cómo afecta ViDA (VAT in the Digital Age) a la facturación electrónica?

Europa achaca a la facturación manual y a la opacidad transfronteriza el enorme peso del fraude en el IVA en el marco de la UE. De ahí que uno de los grandes pilares de la Directiva ViDA consista en digitalizar la facturación transfronteriza y generalizar la comunicación casi inmediata de operaciones con las autoridades fiscales para garantizar así la máxima transparencia y trazabilidad de datos fiscales. 

Por este motivo, la Directiva introduce una nueva definición de factura electrónica a nivel europeo para las operaciones intracomunitarias. Este modelo de factura sustituye a la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349) y deberá elaborarse en formato electrónico estructurado, así como contener ciertos datos mínimos con el fin de poder suministrar esta información de forma digitalizada.

Estas nuevas obligaciones van en la misma línea de los pasos ya dados por el legislador español para garantizar la transparencia de los procesos de facturación y la reducción del fraude fiscal, a través de la digitalización de los procesos de facturación. Es el caso, principalmente, de normas como la Ley Antifraude o la Ley Crea y Crece.

Es previsible que los sistemas nacionales españoles de control fiscal, como el SII o Verifactu, deban coexistir o adaptarse parcialmente al nuevo marco europeo derivado de ViDA, en cuanto a la manera de reportar la información.

De esta forma, la capacidad de control de las autoridades fiscales será cada vez más generalizada, limitándose así las posibilidades de fraude fiscal y de opacidad en las operaciones comerciales. Eso sí, es posible que se presenten retos en materia de interoperabilidad entre los esquemas nacionales y el esquema europeo que defina la normativa comunitaria. 

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¿A quién afecta ViDA (VAT in the Digital Age)?

La Directiva ViDA (VAT in the Digital Age) obligará a empresas y profesionales a implementar soluciones tecnológicas para cumplir con sus nuevas obligaciones. En concreto, esta norma afecta a los siguientes perfiles empresariales y profesionales:

  • Empresas B2B que realicen operaciones transfronterizas dentro de la UE. Quedarán obligadas a emitir facturas electrónicas que cumplan con los estándares de la UE, así como el reporte electrónico casi inmediato.
  • Plataformas digitales dedicadas a actividades como el alojamiento de corta duración o el transporte de pasajeros, que asumirán el rol de proveedor asimilado, con todas las obligaciones que ello implica. 
  • Pymes, que verán simplificados los procesos necesarios para cumplir con las exigencias fiscales en materia de IVA.
  • Departamentos fiscales, despachos y asesorías, que deberán adaptarse a las nuevas obligaciones en materia de facturación electrónica y reporte de sus clientes, entre otros puntos. 
  • Proveedores de software y ERPs. Las empresas especialistas en soluciones de software fiscal y de facturación deberán adaptarse a las exigencias formales de facturación a nivel intracomunitario para garantizar el total cumplimiento con la Directiva ViDA.

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Los distintos impulsos legislativos a nivel nacional e internacional se mueven hacia un mismo punto: la generalización de la factura electrónica como única vía para garantizar la trazabilidad y transparencia de las operaciones comerciales y reducir así el peso del fraude fiscal. Por eso es importante permanecer al tanto de todos los cambios en las normativas de facturación, así como apoyarte en herramientas siempre actualizadas. En Wolters Kluwer te ofrecemos software permanentemente actualizado a la normativa:

  • Soluciones de software de facturación para empresas pensados para que puedas garantizar el cumplimento de cada nuevo requisito técnico y obligación de información. 
  • Soluciones de software fiscal diseñadas para cubrir todas las necesidades de asesorías y despachos profesionales, tanto para personas físicas como sociedades.
  • Software Verifactu para cumplir con esta nueva obligación de envío automático de información a Hacienda de forma segura. 
  • Software de factura electrónica para cumplir con la ley Crea y Crece y las nuevas normativas de facturación.

Comienza a trabajar con programas adaptados a la normativa y disfruta de todas las ventajas de la plena garantía de cumplimiento con la legalidad. Las empresas que se adelantan al proceso de digitalización cuentan con importantes ventajas competitivas, así como con la oportunidad de liderar el cambio en su sector y contribuir activamente a una mayor transparencia y reducción del fraude fiscal.

Preguntas Frecuentes sobre ViDA

  • ¿Qué es ViDA (VAT in the Digital Age)?
    El proyecto VAT in the Digital Age de la Comisión Europea consiste en un paquete de medidas diseñadas para modernizar y mejorar la gestión del IVA en la UE. Entre otros puntos, esta normativa introduce la obligación de utilizar la factura electrónica en las operaciones intracomunitarias (e-invoicing), así como de llevar a cabo un reporte casi inmediato de estas operaciones (e-reporting).  
  • ¿Cuándo serán obligatoria la factura electrónica intracomunitaria?
    A partir del 1 de julio de 2030 será obligatoria la expedición de facturas electrónicas en formato estructurado para documentar las operaciones intracomunitarias de bienes y servicios. Además, desde ese momento el plazo para la emisión de las facturas se reducirá a 10 días desde el devengo. 
  • ¿Cómo afecta ViDA a la normativa española sobre factura electrónica?
    La futura factura electrónica intracomunitaria va en la misma línea de los pasos ya dados por el legislador español para garantizar la transparencia de los procesos de facturación y la reducción del fraude fiscal, a través de la digitalización de los procesos de facturación. Es posible que surjan retos en materia de interoperabilidad entre los esquemas nacionales y el europeo que, en cualquier caso, deberán resolverse por parte de las autoridades competentes antes de la entrada en vigor de esta nueva obligación. Para más información, descarga nuestra ficha resumen sobre la normativa Antifraude y Crea y Crece.
  • ¿Cómo afecta ViDA (VAT in the Digital Age) a mi empresa o despacho?
    La Directiva ViDA obligará a empresas y profesionales a implementar soluciones tecnológicas para cumplir con sus nuevas obligaciones. Empresas B2B y B2C, pymes, plataformas digitales de alojamiento de corta duración y transporte de pasajeros, despachos y asesorías, así como proveedores de software y ERPs, deberán adaptarse a los nuevos requerimientos comunitarios. 
  • ¿Qué ventajas supone el proyecto ViDA para las empresas?
    Las medidas recogidas en la Directiva ViDA están diseñadas para reducir el fraude fiscal y aportar transparencia a las operaciones comerciales intracomuntarias, pero también conlleva ventajas relacionadas con una reducción de cargas administrativas y de registro para las empresas. Entre otras cosas, se avanza hacia un sistema en el que los sujetos pasivos dispongan de un único registro asignado por la Administración tributaria de su Estado miembro de establecimiento.  
lucia-sicre-expert
Experta en comunicación legal y periodismo jurídico
Periodista y abogada con más de 10 años de experiencia en el sector de la comunicación y el periodismo legal, ha colaborado con distintos medios de comunicación, despachos de abogados y editoriales jurídicas en la redacción y divulgación de contenido legal y económico.

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