El autónomo colaborador es una figura por la que pueden decantarse quienes desean trabajar de manera recurrente en el negocio de un familiar autónomo sin que este deba suscribir un contrato por cuenta ajena. La fórmula resulta interesante por las ventajas económicas que aporta a ambas partes, como deducciones y bonificaciones, y porque favorece la cotización de aquellos familiares directos (especialmente cónyuge y descendientes) que normalmente contribuyen con su ayuda al negocio familiar sin cotizar por ello.
- ¿Qué es un autónomo colaborador?
- Diferencias entre un autónomo y un autónomo colaborador
- Ventajas de ser un autónomo colaborador: las bonificaciones
- Obligaciones y requisitos de un autónomo colaborador
- ¿Puede una pareja de hecho adoptar la fórmula del autónomo familiar?
- ¿Cuánto se paga de autónomo colaborador?
- ¿Cómo darse de alta como autónomo familiar?
- Las obligaciones fiscales para el autónomo titular
- Software para autónomos con colaboradores familiares
¿Qué es un autónomo colaborador?
Un autónomo colaborador es un familiar (de ahí que se le denomine también autónomo familiar) que colabora de manera habitual en el negocio de una persona autónoma sin que por ello tenga la condición de persona trabajadora por cuenta ajena. Eso sí, debe darse de alta en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia de la Seguridad Social.
Diferencias entre un autónomo y un autónomo colaborador
El autónomo familiar colaborador dista del autónomo convencional en varios aspectos. El primero es que no es titular de la actividad económica. Es decir, a efectos de Hacienda, es un trabajador por cuenta ajena, por lo tanto, sus ingresos se consideran como salario (de hecho, tributan como tales en la declaración de la renta anual) y no ha de afrontar, por ejemplo, las declaraciones trimestrales de IVA.A ojos de la Seguridad Social, sin embargo, el autónomo familiar sí está afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), como le ocurre al autónomo convencional, y de hecho cotiza en condiciones similares.
Ventajas de ser un autónomo colaborador: las bonificaciones
Pero, ¿qué beneficios tiene ser autónomo colaborador? El autónomo colaborador familiar no tiene que hacer frente a las obligaciones fiscales que conlleva ser un autónomo convencional, por ejemplo, en materia de IVA, como decíamos más arriba. A esa ventaja en la exención de las obligaciones fiscales trimestrales debe sumarse el derecho a acceder a bonificaciones en el pago de la cuota de autónomos de la Seguridad Social. Éstas ascienden al 50% durante los primeros 18 meses tras el alta en el RETA y del 25% durante el tiempo que resta hasta cumplir los 24 meses de afiliación como autónomo colaborador. Un requisito para ello es no haber estado dado de alta como autónomo durante los últimos cinco años.
Por otra parte, al cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el colaborador familiar tiene derecho a las mismas prestaciones que cualquier autónomo al uso. Esta última es una ventaja importante, ya que en España son muchos los familiares, especialmente hijos e hijas o cónyuges, que durante años han ayudado en el negocio familiar sin cotizar por ello y, por tanto, sin beneficiarse de las ventajas asociadas.
Las personas autónomas que cuentan con la colaboración de un familiar también disfrutan de una ventaja interesante: la tranquilidad de saber que disponen del respaldo de su familia para el desarrollo del negocio sin que ello menoscabe sus intereses y derechos como personas trabajadoras.
Por otra parte, el autónomo titular puede contabilizar el salario como gasto deducible de su negocio e, incluso, domiciliar dichas cotizaciones en su cuenta bancaria.