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Fiscal, Contable y Nómina22 septiembre, 2022

Subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2021

El nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2021 se establece, a partir del 1 de septiembre, en 965 euros brutos mensuales distribuidos en 14 pagas.

Contexto y detalles del nuevo Salario Mínimo Interprofesional 

¿Cuál es el salario mínimo diario en España 2021?

“La cuantía mínima de remuneración que un empleador está obligado a pagar a sus asalariados por el trabajo que estos hayan efectuado durante un periodo determinado”, con estas palabras define la Organización Internacional del Trabajo el Salario Mínimo. Hasta el momento de esta subida, esta cifra en nuestro país estaba situada en 950 euros y 14 pagas, para un trabajador a jornada completa.

Tras el acuerdo firmado por Gobierno y sindicatos, el Salario Mínimo Interprofesional quedó fijado, con efecto retroactivo desde el 1 de septiembre de 2021, en 965 euros brutos mensuales, un incremento del 1,57% que afectó a 1,5 millones de trabajadores en nuestro país."

¿Cuánto subieron los sueldos en 2021?

 La propuesta de la subida se situaba en una horquilla entre los 12 y 19 euros; pero finalmente se estableció en 15 euros, lo que determina una cantidad de 32,16 euros/día. Este incremento se enmarcaba en la propuesta, por parte de sindicatos y Gobierno, de incrementos adicionales en 2022 y 2023, con el objetivo de llegar a los criterios determinados por la Carta Social Europea suscrita por España.

Evolución del SMI de 2019 a 2021

Con este nuevo incremento en 2021, se produjo la tercera subida del SMI que realiza el Ejecutivo en tres años consecutivos. En 2019, pasó de 735 euros a 900 euros, para protagonizar en 2020 una subida hasta los 950 euros. En total, los tres aumentos supusieron una ampliación en el cómputo global del 33%. 

El Gobierno remarcó en el momento de esta subida la idea de llegar a situar el salario mínimo interprofesional 2023 en los 1.200 euros mensuales, lo que lo equipararía al 60% del sueldo medio en nuestro país.

infografia evolucion SMI

SMI 2021: impacto en las nóminas de los trabajadores

Resumimos los puntos más relevantes del SMI 2021: 

  • El acuerdo estableció la cifra de 45,69 euros la “retribución mínima por jornada legal en el caso de trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una empresa no exceden de 120 días naturales”.
  • La cuantía fijada no puede ser rebajada por convenio colectivo. Ello implica, simultáneamente, que en caso de que el trabajo sea inferior a las 40 horas semanales, la cifra se calculará de manera proporcional a lo establecido
  • En el salario mínimo se computa únicamente la retribución dineraria, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra del líquido a percibir.
  • Una de las cuestiones clave abordadas en el acuerdo incidía en que esta subida “contribuye a superar situaciones de pobreza, reducir desigualdades y propiciar estabilidad y cohesión social”. La subida acordada se estableció de acuerdo a los principios la Carta Social Europea, firmada por España. 
  • Según cálculos de la Seguridad Social este incremento del 1,57% tuvo impacto sobre 1,5 millones trabajadores en nuestro país.
  • En clave futura el Gobierno manifestó su intención de que en 2023 (final de la legislatura) el salario mínimo interprofesional quedara equiparado al 60% del salario medio.
  • De acuerdo con el Ministerio de Trabajo la repercusión del incremento del SMI en el gasto en prestaciones económicas difiere según se causen subsidios o pensiones, puesto que la base de cotización interviene de manera muy diferente en las distintas prestaciones de la Seguridad Social, "con una repercusión más directa en el caso de prestaciones por incapacidad temporal, maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo y lactancia natural, en función o no de que estos trabajadores causen la prestación".
  • En el caso de los trabajadores autónomos, esta subida ha supuesto que la cotización ascendiera entre los 3 y los 12 euros mensuales.

En definitiva, la nueva normativa se adoptó bajo el criterio de “incrementar las rentas salariales y dinamizar la demanda interna y el consumo, generando más crecimiento y empleo”.

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?  Diferencias con respecto al Salario Mínimo Interprofesional

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. A diferencia del Salario  Mínimo Interprofesional, se configura como derecho subjetivo a una prestación económica que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Persigue garantizar una mejora de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.

Como aclara el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ingreso Mínimo Vital “opera como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad. Contendrá para ello en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones.”

Requisitos para percibir el Ingreso Mínimo Vital

Los siguientes requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la presentación de la solicitud como de sus revisiones:

  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al año inmediatamente anterior.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo que se acredita teniendo en consideración su patrimonio y su nivel de ingresos y rentas.
  • Haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que pudieran tener derecho, en los términos que se fijen reglamentariamente. Quedan exceptuados los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
  • Que la unidad de convivencia este formada desde hace un año.
  • Figurar inscritas como demandantes de empleo, en el caso de personas mayores de edad o menores emancipados, que no estén trabajando.
  • Además de estos requisitos generales deberá reunir una serie de condiciones referidas a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia.

Cuantía del Ingreso Mínimo Vital

La cuantía mensual de la renta garantizada para 2021 era de 469,93 euros, (en 2020, esta cifra se situaba en 461,50 Euros). Las cuantías varían en función de los menores y adultos que configuren las unidades de convivencia. En el caso de que la unidad este formada por un niño y un adulto, el importe a percibir correspondía a 714,30 euros.  Para una unidad de convivencia conformada por dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores o por cuatro adultos y un menor, la cuantía se situaba en 1033,85 euros. 

El cambio en las circunstancias personales, económicas o patrimoniales de la persona beneficiaria del ingreso mínimo vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, puede suponer la modificación de la cuantía de la prestación económica mediante la revisión correspondiente por la entidad gestora.

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Solicitud del Ingreso Mínimo Vital

No es necesario acudir a una oficina de la Seguridad Social (CAISS) para solicitar el ingreso mínimo vital. Se recomienda, de facto, utilizar los servicios web del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Las solicitudes presentadas para percibir el IMV cuentan con un plazo máximo de 6 meses para ser resueltas. 

Duración del Ingreso Mínimo Vital

El derecho a la prestación nace a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud. Se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en la Ley.

Puedes consultar información actualizada sobre la subida del SMI 2022: fechas de entrada en vigor y cuál es su cuantía.

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