Características del contrato de relevo
El contrato de relevo o contrato de relevista, en caso de jubilación parcial antes de llegar a la edad ordinaria de jubilación, debe cumplir con ciertos requisitos para que todo el proceso de transición se lleve a cabo de forma completamente legal. Estas son los principales:
- El contrato de relevo debe ser indefinido y a tiempo completo, independientemente del porcentaje de reducción de jornada del trabajador en jubilación parcial.
- El contrato de relevo debe suscribirse de forma simultánea a la reducción de jornada del empleado que accede a la jubilación parcial.
- La duración mínima del contrato de relevo será desde la fecha de efectos de la jubilación parcial hasta, al menos, los dos años posteriores a la extinción de la jubilación parcial. En el siguiente punto veremos las consecuencias para el empresario de no cumplir con este requisito.
- El contrato de relevo debe celebrarse con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada. También podrá celebrarse un contrato fijo-discontinuo en determinados casos.
- El puesto de trabajo del trabajador relevista podrá ser el mismo o diferente al del trabajador sustituido. En todo caso, deberá existir una correspondencia entre las bases de cotización de ambos (la base de cotización del relevista no puede ser inferior al 65 % del promedio de las bases de cotización de los últimos seis meses del trabajador que se jubila).
- El horario de trabajo del trabajador relevista podrá completar el del trabajador sustituido o simultanearse con él.
¿Cuánto tiempo puede durar un contrato de relevo?
Los contratos de relevo deben tener una duración mínima que comprende el periodo entre la fecha de efectos de la jubilación parcial y, al menos, los dos años posteriores a la extinción de la jubilación parcial.
En caso contrario, el empresario estará obligado a celebrar un nuevo contrato de relevo en los mismos términos del extinguido en un plazo máximo de 15 días naturales. De lo contrario, la empresa deberá reintegrar la pensión que haya percibido el pensionista a tiempo parcial.
¿Quién puede acogerse al contrato de relevo?
Un requisito clave consiste en que el trabajador relevista proceda de:
- Una situación de desempleo
- Un contrato de duración determinada (antiguo contrato temporal) con la misma empresa
- Un contrato fijo discontinuo con la misma empresa. En este caso se deberá contratar a un nuevo fijo discontinuo para la cobertura de la actividad dejada por el nuevo relevista.
Además, es necesario que exista una correspondencia entre las bases de cotización de ambos trabajadores.

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¿Cómo y cuándo formalizar un contrato de relevo?
Es necesario que se cumplan ciertos requisitos del lado del trabajador que accede a la jubilación parcial. Son los siguientes:
- Tener una edad inferior en tres años como máximo a la edad de jubilación ordinaria.
- Acreditar un periodo de cotización de 33 años. En caso de discapacidad igual o superior al 33 %, el período de cotización requerido se reduce a 25 años.
- Acreditar una antigüedad en la empresa de al menos 6 años, que deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación parcial, así como trabajar a jornada completa a fecha de solicitud.
- Reducir la jornada entre un 25 y un 75 % en relación a la jornada a tiempo completo.
- Para que se formalice un contrato de relevo es necesario que el propio trabajador interesado en la jubilación parcial cumpla estos requisitos y manifieste su voluntad de reducir su jornada.
Estos son los pasos que debe tener en cuenta la empresa:
- Solicitud de jubilación parcial con contrato de relevo por parte del trabajador. Debe ser éste quien manifieste su voluntad de jubilarse parcialmente bajo esta modalidad, sin que sea necesario que presente a una persona para cubrir el contrato de relevo.
- Búsqueda de relevista. La empresa, en caso de aceptar esta modalidad de jubilación parcial, buscará a un candidato que cumpla con todos los requisitos que ya hemos visto.
- Comunicación previa a la Seguridad Social. La empresa deberá notificar la situación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) antes de la formalización del contrato de relevo.
- Firma del contrato de relevo. Deberá realizarse simultáneamente (en el mismo día) la firma del nuevo contrato de relevo y la novación del contrato del jubilado parcial.
- Solicitud de pensión. Corresponde al trabajador solicitar su jubilación parcial ante la Seguridad Social. Es preferible hacerlo con antelación (hasta tres meses).
¿Cómo afecta a la empresa la jubilación parcial con contrato de relevo?
Existen ciertos aspectos que la empresa debe tener en cuenta antes de formalizar un contrato de relevo para la jubilación parcial de un trabajador:
Inconvenientes del contrato de relevo
El principal inconveniente del contrato de relevo es que, mientras dure la situación de jubilación parcial, empresa y trabajador cotizarán por la base de cotización que, en su caso, hubiese correspondido de seguir trabajando este a jornada completa.
Esto significa que la empresa deberá asumir el coste de la cotización a tiempo completo del trabajador en jubilación parcial, así como la cotización a jornada completa del trabajador relevista (que deberá llegar al menos al 65 % de la primera).
Además, la empresa se arriesga a posibles pérdidas económicas en caso de incumplir los términos de la jubilación parcial con contrato de relevo.
Ventajas del contrato de relevo
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Como principal ventaja, la jubilación parcial con contrato de relevo permite la transmisión de conocimiento de generación en generación, facilitando el crecimiento empresarial y la continuidad del negocio. Se trata de ventajas que pueden compensar ese coste extra en forma de cotizaciones.
- Por otro lado, es frecuente que existan bonificaciones a la hora de transformar un contrato de relevo en un contrato indefinido, lo que puede suponer una compensación para la empresa.
- Por último, ten en cuenta que la empresa puede negarse a suscribir un contrato de relevo: a la hora de tomar una decisión deben valorarse los costes tangibles e intangibles de dar este paso.
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