Fiscal, Contable y Nómina14 enero, 2026

Novedades fiscales 2026: cuáles son y cómo afectan a tu negocio

Conocer las novedades fiscales 2026 que marcarán el ejercicio fiscal es esencial para mantener bajo control las cuentas de tu negocio. Este año entran en juego, entre otras cosas, nuevas obligaciones de información para empresas y autónomos de cara a Hacienda. También mejoran los incentivos fiscales para pymes en el marco del Impuesto sobre Sociedades y se pospone la entrada en vigor de Verifactu.

Cambios en la entrada en vigor de Verifactu

Una de las novedades fiscales de cara al ejercicio 2026 es la ampliación del plazo de adaptación a Verifactu. Con el marco actual, quedan como fechas definitivas para la adaptación el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresas y autónomos.

imagen novedades fiscales

El nuevo sistema Verifactu afectará a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, tanto si están sujetos a IRPF como si lo están al Impuesto sobre Sociedades. Se trata de un sistema impulsado por la Agencia Tributaria que tiene el objetivo la lucha contra el fraude fiscal, así como impulsar la digitalización y automatización de los procesos de fiscalidad empresarial. 

Entre otras cosas, se deberá generar un registro de facturación de alta de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura. Descarga nuestra ficha resumen con los cambios de la normativa al detalle y preguntas frecuentes resueltas. 

Cuota de autónomos 2026

Las cuotas de autónomos 2026 prometen experimentar cambios que afectarán a los profesionales autónomos de toda España de cara al próximo ejercicio fiscal. Tras un periodo de tres años (2023-2025) de implantación del nuevo sistema de cotización basado en los ingresos reales y de alzas continuadas, el Gobierno plantea ahora un nuevo incremento de cara a 2026 del que ya se conocen los primeros detalles.

En principio, los tres primeros tramos de la tabla (menos de 670 euros; desde 670 euros al mes hasta 900; y desde 901 hasta 1.166,70 euros) seguirán pagando lo mismo en 2026 con respecto a 2025, manteniéndose, por tanto, las cuotas mínimas de 200, 220 y 260 euros respectivamente. Para el resto de tramos se plantean alzas progresivas de entre 2,6 y 14,8 euros más al mes. 

Esta propuesta es menos ambiciosa que la planteada inicialmente por el Ejecutivo, que ponía sobre la mesa incrementos de entre 11 y 206 euros, viéndose afectados todos los tramos de ingresos.

Nueva deducción en el IRPF para el SMI

El Gobierno prevé aprobar de cara a 2026 algunas medidas clave en relación con el SMI y su tributación en el IRPF. De un lado, se establecerá de forma permanente la deducción completa del SMI en el IRPF; de otro, se contempla fijar que el incremento del SMI no pueda compensarse ni absorberse por otros complementos salariales, como en ocasiones ocurre en la actualidad.

Además, el Ministerio de Trabajo trabaja en el nuevo SMI 2026 que, previsiblemente, será el resultado de aplicar un alza del 3,1 % al SMI vigente en 2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026. En cuanto al ejercicio 2025, finalmente los trabajadores que cobren el salario mínimo tendrán derecho a una deducción de 340 euros en su declaración de 2025, que se presentará en 2026.

Nuevas obligaciones de información para empresas, autónomos y financieras

El Real Decreto 253/2025 introduce novedades en materia de información fiscal que afectarán, desde el 1 de enero de 2026, a empresas, autónomos y entidades financieras. Aunque esta obligación de información afecta, en esencia, a las entidades financieras, bancarias, de crédito y de dinero electrónico, autónomos y empresarios deberán extremar el cuidado a la hora de mantener al hilo su gestión de transacciones comerciales para evitar posibles incongruencias que se traduzcan en sanciones, que pueden llegar al 150 % sobre la cantidad dejada de ingresar. 

  • En lo que respecta a empresarios y profesionales establecidos en España adheridos a sistemas de gestión de cobros mediante tarjetas, se reformula la obligación de información por parte de las entidades “con el objeto de incluir cualquier tipo de tarjetas, así como los sistemas de cobro asociados a un número de teléfono móvil”, como es el caso de Bizum.
  • Además, se modifica la periodicidad del suministro de la información por parte de las entidades con respecto a las cuentas y sistemas de gestión de cobros a los que se encuentren adheridos los empresarios y profesionales, que pasa de ser anual a mensual. 
  • Desaparece el umbral anual neto de 3.000 euros en relación con dichos cobros. Sin embargo, en relación con las cuentas, la información de carácter económico solo deberá facilitarse en la declaración correspondiente al último período mensual de cada año.
  • Finalmente, se añade una nueva obligación informativa de carácter anual relativa a operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, que se refiere al “total anual de los abonos, cargos, recargas y retiradas en efectivo y operaciones de gasto en establecimientos, quedando excluidas aquellas tarjetas cuyos importes de cargos y de abonos en el año no hayan excedido de 25.000 euros.”

Nuevas ventajas fiscales para pymes en el Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto de Sociedades incluye en 2025-26 nuevos tramos y beneficios fiscales para pymes, micropymes y empresas de nueva creación. 

  • Entidades de reducida dimensión
  • Régimen definitivo: 20 %
  • Régimen transitorio
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2025: 24 %
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2026: 23 %
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2027: 22 %
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2028: 21 %
  • Microempresas (INCN del período impositivo inmediato anterior inferior a 1 millón de euros)
    • Régimen definitivo
      • Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 50.000 euros, al tipo del 17 %
      • Por la parte de base imponible restante, al tipo del 20 %
    • Régimen transitorio
      • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2025
        • Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 50.000 euros, al tipo del 21 %.
        • Por la parte de base imponible restante, al tipo del 22 %
      • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2026
        • Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 50.000 euros, al tipo del 19 %
        • Por la parte de base imponible restante, al tipo del 21 %

Además, las empresas de nueva creación tendrán un tipo reducido del 15 % durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva como medida para incentivar la actividad emprendedora.

Novedades en el IRPF 2026

De cara al ejercicio 2026 hay novedades en cuanto al método de estimación objetiva del IRPF. Tal y como recoge la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre de 2025, se mantienen la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación. 

En cuanto a la reducción del rendimiento neto de módulos aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva, será del 5%. Esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efecto de los pagos fraccionados. 

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Experta en comunicación legal y periodismo jurídico
Periodista y abogada con más de 10 años de experiencia en el sector de la comunicación y el periodismo legal, ha colaborado con distintos medios de comunicación, despachos de abogados y editoriales jurídicas en la redacción y divulgación de contenido legal y económico.
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