El calendario laboral 2026 es un documento de obligada consulta para los departamentos de RRHH. De hecho, se convierte en una herramienta fundamental para la gestión de talento dentro de la empresa, y también para la planificación (por adelantado) del trabajo diario a lo largo de todo el año que está por llegar.
No en vano, toda empresa necesita esta información para anticiparse a las necesidades de personal en función de los festivos marcados, en este caso, en el calendario laboral 2026. Solo así podrá, además, confeccionar el calendario laboral personalizado, es decir, el documento que ha de brindar a los trabajadores y trabajadoras donde aparecen sus turnos de trabajo, días de vacaciones, libranzas, etc.
- Obligaciones de la empresa con el calendario laboral 2026
- Fechas clave del calendario laboral 2026
- Festivos regionales en el calendario laboral 2026
- Calendario laboral Comunidad de Madrid 2026
- Calendario laboral Cataluña 2026
- Festivos Andalucía 2026
- Festivos Aragón 2026
- Festivos Asturias 2026
- Festivos Islas Baleares 2026
- Festivos Islas Canarias 2026
- Festivos Cantabria 2026
- Festivos Castilla La Mancha 2026
- Festivos Castilla León 2026
- Festivos Ceuta 2026
- Festivos Comunidad Valenciana 2026
- Festivos Extremadura 2026
- Festivos Galicia 2026
- Festivos Melilla 2026
- Festivos Región de Murcia 2026
- Festivos Navarra 2026
- Festivos La Rioja 2026
- Festivos País Vasco 2026
Obligaciones de la empresa con el calendario laboral 2026
En este sentido, desde RRHH están obligados a cumplir ciertos aspectos. Uno de ellos es el de publicar el calendario abiertamente, de tal forma que sea accesible y pueda ser consultado por todos los trabajadores y trabajadoras, bien a través de un tablón de anuncios físico, bien a través de medios electrónicos. En este calendario deben venir marcados los festivos laborales: aquellos días de carácter retribuido y no recuperable, que no pueden ser más de 14 días al año, los estipulados por las Administraciones públicas, tal y como se recoge en el Estatuto de los Trabajadores.
La inclusión, en el calendario laboral anual de la empresa, de la distribución de la jornada laboral, los días laborables, días festivos (9 nacionales, 3 autonómicos y 2 locales), y períodos de descanso (vacaciones y otros permisos).
El respeto, en el calendario laboral, de los límites máximos de las jornadas de trabajo establecidos por ley (generalmente de 40) y el cumplimiento de los descansos diarios (mínimo 12 horas entre jornadas) y semanales (un día y medio consecutivo).
La protección del derecho a la desconexión, la conciliación y/o la flexibilidad de la jornada resulta esencial en este sentido. El área de RRHH debe planificar el calendario laboral incorporando medidas que faciliten la compatibilidad entre las responsabilidades profesionales y personales, especialmente cuando existan acuerdos o políticas internas que regulen la flexibilidad horaria o el trabajo remoto.
La definición del calendario laboral requiere un proceso de diálogo para organizar la distribución de la jornada y otros elementos relevantes para la plantilla. Asimismo, es necesario ajustarlo a lo previsto en los convenios colectivos, que pueden contemplar particularidades sobre horarios, descansos o periodos específicos de actividad. En caso de que se introduzcan cambios, la organización está obligada a comunicarles a las personas trabajadoras y, cuando proceda, a su representación legal.
El incumplimiento de estas obligaciones puede generar sanciones administrativas y originar controversias laborales. Por ello, es aconsejable que las compañías dispongan de soluciones eficaces, como herramientas tecnológicas o software especializado en RRHH, que faciliten la gestión de estas responsabilidades.