La reserva de capitalización es un instrumento financiero que facilita el ahorro fiscal a las empresas. Se encuentra a disposición de las personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades y les permite, bajo ciertos requisitos, reducir su base imponible y pagar una factura fiscal menor. Si tienes dudas acerca de cómo se aplica, te contamos qué es la reserva de capitalización, cómo funciona y los requisitos para aplicar este beneficio a través del incremento de fondo propios.
- ¿Qué es la reserva de capitalización?
- Requisitos para aplicar la reserva de capitalización
- ¿Cuántos años hay que mantener la reserva de capitalización?
- Cálculo de la reserva de capitalización
- Importe de la deducción por reserva de capitalización en el impuesto sobre sociedades
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¿Qué es la reserva de capitalización?
La reserva de capitalización consiste en reservar una parte del beneficio obtenido por la sociedad durante un ejercicio fiscal, incrementando así el porcentaje de fondos propios. El objetivo es reducir el riesgo e incrementar la fortaleza de la empresa, que dispondrá de mayores medios para hacer frente a cualquier imprevisto gracias a esta autofinanciación.
La ley del impuesto de sociedades incluye ventajas fiscales asociadas a la reserva de capitalización, precisamente con el objetivo de premiar este tipo de decisión social, que pasa por dar prioridad a la reinversión de beneficios frente a su reparto. En concreto, siempre que se cumplan ciertos requisitos, es posible reducir la base imponible en un porcentaje de la suma dedicada a incrementar los fondos propios.
Por tanto, si te preguntas qué es la capitalización de reservas, la respuesta es que se trata de un vehículo que permite a las sociedades mejorar sus fondos propios y disfrutar de ventajas fiscales cuando se cumplan ciertos requisitos definidos por la ley del IS.
Requisitos para aplicar la reserva de capitalización
La reserva de capitalización se encuentra regulada en el artículo 25 de la ley del impuesto sobre sociedades, que ha sido reformado recientemente en dos ocasiones, a través de dos normas distintas, con el objetivo de impulsar su utilización.
La primera de estas reformas se llevó a cabo a través del Real Decreto-ley 4/2024, con efectos a partir del 1 de enero de 2024, y afectó a los requisitos para aplicar esta ventaja fiscal. En concreto, la nueva regulación supuso potenciar el incentivo fiscal de la reserva de capitalización a través de las siguientes medidas:
- Se redujo de 5 a 3 años el plazo de mantenimiento del incremento de los fondos propios de la entidad, salvo por la existencia de pérdidas contables en la entidad.
- También se redujo de 5 a 3 años el plazo de indisponibilidad de la reserva de capitalización que se deba dotar, aprobando un régimen transitorio para estos supuestos de reducción de plazo.
En cuanto a este último punto, existen supuestos en los que no se entenderá que se ha dispuesto de la reserva. Por ejemplo, cuando el socio o accionista ejerza su derecho a separarse de la entidad o cuando la entidad deba aplicar la referida reserva en virtud de una obligación de carácter legal.
Además de estos requisitos, estos son otros puntos que deben cumplir las sociedades que deseen aplicar las ventajas fiscales asociadas a la reserva de capitalización:
- Tributar por el impuesto sobre sociedades al tipo general del 25 %.
- Que la reserva que se dote figure en el balance “con absoluta separación y título apropiado”.