Albert Sagués, Socio Responsable del Área Fiscal de RSM Tax & Legal y miembro del Col·legi d’Economistes de Catalunya, recomienda revisar los gastos incluidos como deducibles en el Impuesto de la Renta de personas físicas que desarrollan actividad económica, después de que la Agencia Tributaria los haya considerado en algunos casos “convenientes” en lugar de “necesarios” y, por tanto, excluidos como deducibles a la hora calcular el rendimiento neto que queda sujeto a tributación."
Fiscal, Contable y Nómina15 junio, 2017
Renta 2016: ¿gastos necesarios o convenientes?

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