Rendimientos del trabajo
A partir del 1 de enero de 2025, se incorpora una nueva reducción del 30% aplicable a los rendimientos íntegros del trabajo que procedan de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas.
Reclasificación de la actividad agraria de producción de mejillón en batea
Nueva reducción del 30% para rendimientos artísticos obtenidos de forma excepcional. La cuantía sobre la que se aplicará esta reducción no podrá superar los 150.000 euros anuales. En 2025 se introducen dos novedades relevantes que afectan a actividades económicas:
Actividades económicas
La cuantía sobre la que se aplicará esta reducción no podrá superar los 150.000 euros anuales