Fiscal, Contable y Nómina 16 junio, 2026

Modelo 036: qué es, quién debe presentarlo y plazos de alta, modificación y baja

El modelo 036 es la declaración censal que permite comunicar el alta, la modificación o la baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria. También se utiliza, en determinados casos, para solicitar un NIF o comunicar opciones y obligaciones tributarias. Lo analizamos en detalle. 

Qué es el Modelo 036

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El Modelo 036 corresponde a la declaración censal de alta, baja y modificación para empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.

Quién debe presentarlo

Están obligados a presentar declaración de alta con el Modelo 036, entre otros:

  • quienes vayan a desarrollar actividades empresariales o profesionales en España
  • quienes abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta
  • quienes realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas a IVA sin actuar como empresarios o profesionales
  • determinados no residentes
  • y socios, herederos, comuneros o partícipes de entidades en atribución de rentas con obligaciones tributarias derivadas de esa condición.

¿Cuándo hay que presentar el modelo 036?

El modelo 036 se presentará en distintas fechas dependiendo de su objetivo: 

  • La declaración de alta debe presentarse antes de iniciar la actividad o de que nazca la obligación de retener o ingresar a cuenta. A efectos censales, el inicio de una actividad puede producirse antes de la primera venta: por ejemplo, al realizar compras o pagos, contratar personal o efectuar otras operaciones destinadas a intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
  • La declaración de modificación se presenta, con carácter general, en el plazo de un mes desde el día siguiente al cambio. 
  • La baja debe presentarse, por regla general, en el plazo de un mes desde el cese; en caso de fallecimiento, corresponde a los herederos en el plazo de seis meses.

Cómo se rellena el Modelo 036 de la AEAT

El modelo 036 solicita la información necesaria según el motivo de presentación y las obligaciones de cada persona o entidad. Puede incluir datos identificativos, representantes, actividades y locales, IVA, IRPF, retenciones, socios o partícipes, sucesores y, cuando corresponda, titularidad real.

Listamos a continuación algunos de principales: 

  • Nombre, apellido y NIF identificativos
  • Motivo de la presentación (solicitud de alta en el censo de empresarios, voluntad de modificar alguno de los datos, o baja).
  • Identificación de representantes, en caso de haberlos.
  • Actividad que se va a llevar a cabo: tipo y lugar donde se va a desarrollar.
  • Obligaciones relacionadas a actividad económica, fecha de la misma y régimen tributario.
  • IRPF; Retenciones e ingresos en cuenta y relación específica sobre los socios, miembros o participantes de la entidad (en caso de haberlos).
  • Relación de sucesores de personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
  • Desde febrero de 2025 la “Relación de titulares reales” permite comunicar con alta, baja o modificación del titular real.


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Cómo presentar el modelo 036 

El modelo 036 puede presentarse por internet con certificado electrónico o, en el caso de personas físicas no obligadas a usar certificado, mediante Cl@ve. La presentación electrónica con certificado es obligatoria, entre otros casos, para sociedades anónimas y limitadas, grandes empresas, Administraciones Públicas y solicitudes de inscripción en el REDEME.

Para más información puedes consultar el procedimiento para presentar el modelo 036 publicado por la Agencia Tributaria. Para simplificar la presentación de éstos y otros modelos infórmate sobre nuestro software para asesorías fiscales y contables a3asesor Eco.

Novedades en el modelo 036 

Desde febrero de 2025 la Orden HAC/1526/2024 ha implicado los siguientes cambios:

  • Se añade un nuevo apartado al modelo 036 para comunicar el en Censo de obligados tributarios la titularidad real de las personas jurídicas y entidades. Esta información puede cumplimentarse en la nueva página 10 del modelo 036. Con ello se da respuesta a la exigencia contenida en la Ley 13/2023 que, por mandato europeo, obliga a que las personas jurídicas o entidades comuniquen a la Administración Tributaria la identificación de sus titulares reales.
  • Se introduce una nueva casilla en el modelo 036 para poder solicitar la rehabilitación del número de identificación fiscal o NIF. Esta medida tiene su anclaje en el Real Decreto 117/2024, que establece que la solicitud de rehabilitación del NIF se efectuará a través de este modelo. 
  • Para las entidades en proceso de liquidación se introduce una nueva casilla que deberán cumplimentar en caso de solicitud de la rehabilitación del número de identificación fiscal.  
  • Se modifica el apartado de datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de la Agencia Tributaria (AEAT), Tribunales Económico Administrativos y Dirección General de Tributos (DGT). Los datos serán únicos para los tres organismos, si bien la opción para darse de alta o baja para la recepción de avisos será opcional para cada uno.
  • Se suprime el modelo 037, es decir, el modelo simplificado de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Lo sustituye un modelo 036 simplificado, para que podrán acudir determinadas personas físicas con residencia fiscal en España siempre que cumplan ciertos requisitos.

¿Qué es la declaración censal?

La declaración censal es el mecanismo para comunicar a la Agencia Tributaria todos los datos relativos al sujeto que se incorpora a la actividad empresarial como son el nombre, NIF, domicilio fiscal y obligaciones fiscales. 

Esta declaración censal a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria se realiza a través del modelo 036 y, hasta febrero de 2025, del modelo 037. 

¿Qué diferencia hay entre el modelo 036 y 037?

Actualmente solo está vigente el modelo 036, mientras que el 037 ha desaparecido. Presentar el modelo 036 es obligatorio para figurar en el censo de empresarios, autónomos y emprendedores. En cambio, el modelo 037 era una versión simplificada del 036 pensada para la mayoría de autónomos y pequeñas empresas que cumplieran una serie de condiciones. Gracias a las nuevas herramientas de asistencia en materia censal y a las mejoras introducidas en los programas de ayuda a la cumplimentación, no es necesario contar con un modelo simplificado independiente, ya que la simplificación que representaba el modelo 037 se ofrece a los contribuyentes a través del propio modelo 036.

¿Cómo obtener una copia del modelo 036?

La forma más sencilla de obtener una copia del modelo 036 de Hacienda es hacerlo a través de la web de la Agencia Tributaria, utilizando tu certificado digital o Cl@ve para identificarte correctamente. En el área de gestiones relacionadas con el modelo 036, dentro del apartado “Consultar y aportar información”, elige la opción “Modelo 036. Consulta declaraciones presentadas”. Una vez dentro de tu área personal, podrás consultar cada uno de tus modelos presentados, que se abrirán en una nueva pestaña para su visualización y que podrás descargar en formato pdf. 

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 036

  • ¿Qué es el Modelo 036 de la Agencia Tributaria?
    El Modelo 036 es la declaración censal que se usa para darse de alta, baja o modificar datos en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores en España. Es un documento fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales. Conoce éste y otros modelos de presentación relevantes en nuestra Guía de Impuestos
  • ¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 036?
    Están obligados a presentarlo empresarios y profesionales que inicien actividades económicas en España, quienes abonen rentas sujetas a retención o realicen entregas intracomunitarias, así como no residentes con establecimiento permanente en España, entre otros. 
  • ¿Cómo se rellena el Modelo 036?
    El Modelo 036 se compone de varias páginas donde se deben detallar datos de identificación, actividades económicas, representantes, información sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), IRPF y, desde febrero de 2025, la titularidad real.  
  • ¿Cuál es la diferencia entre 036 y 037? ¿Sigue existiendo el modelo 037?
    No. La Orden HAC/1526/2024 suprimió el modelo 037 con efectos para los modelos presentados desde el 3 de febrero de 2025. La AEAT ofrece una modalidad simplificada dentro del modelo 036 para las personas físicas que reúnen los requisitos establecidos.
  • ¿Cuándo se debe presentar el Modelo 036?
    La declaración de alta debe presentarse antes del inicio de las actividades. Las modificaciones se presentan en el plazo de un mes desde que se producen los cambios, y las bajas, también en un mes a partir del día siguiente a las circunstancias que las causan. 
  • ¿Cómo puedo obtener una copia del Modelo 036 presentado?
    Se puede obtener una copia a través de la web de la Agencia Tributaria, identificándose con certificado digital o Cl@ve. En el apartado de gestiones relacionadas con el Modelo 036, se selecciona 'Consulta declaraciones presentadas' para visualizar y descargar el documento.
  • ¿Para qué sirve la declaración censal?
    La declaración censal es el medio para comunicar a la Agencia Tributaria los datos relevantes del sujeto que se incorpora a la actividad empresarial, como nombre, NIF, domicilio fiscal y obligaciones tributarias. 
  • ¿Cómo se puede presentar el Modelo 036?
    El Modelo 036 puede presentarse electrónicamente a través de Internet, utilizando un certificado electrónico reconocido o la Cl@ve PIN. También es posible presentarlo en formato impreso, descargando el PDF de la Sede electrónica o utilizando impresos de las Delegaciones de la Agencia Tributaria. 
  • ¿Se ha simplificado el proceso de presentación censal?
    Sí, el Modelo 037 fue suprimido desde el 3 de febrero de 2025, y sus funciones han sido integradas en un Modelo 036 simplificado, el cual está disponible para la mayoría de las personas físicas con residencia fiscal en España.

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