Fiscal, Contable y Nómina03 julio, 2026

Jubilación flexible 2026: qué es, novedades y requisitos

Tabla resumen: aspectos principales jubilación flexible

Situación inicial Pensionista jubilado
Jornada permitida Parcial
Pensión Se reduce proporcionalmente
Cotización
Objetivo Compatibilizar pensión y trabajo

Ejemplo práctico de jubilación flexible

Veamos en un ejemplo práctico como aplica la jubilación flexible: un jubilado que percibe una pensión de 2.000 € mensuales vuelve a trabajar con una jornada del 40 %. Durante ese período cobrará 1.200 € de pensión y, además, el salario correspondiente a su trabajo a tiempo parcial.

Concepto Importe
Pensión inicial 2.000€/mes
Jornada de trabajo acordada 40%
Reducción de pensión 40%
Pensión compatible durante el trabajo 1.200 €/mes
Salario por la actividad parcial según contrato
Ingresos totales pensión reducida + salario

¿Cómo cambia la jubilación flexible en 2026?

El Real Decreto 416/2026 introduce una nueva regulación de la jubilación flexible que, si bien mantiene algunos elementos característicos previos, supone una revisión profunda con respecto al régimen anterior. Esta nueva regulación se encuentra plenamente vigente desde el 28 de agosto de 2026. 

Las nueva configuración de la jubilación flexible responde al hecho de que esta figura, pensada para facilitar el retorno al mercado de trabajo tras la jubilación, “no está consiguiendo los resultados perseguidos, puesto que el número de solicitudes apenas ha variado en los últimos años”, tal y como recoge la exposición de motivos del Real Decreto.

imagen jubilacion flexible

Por eso el Gobierno ha apostado por implementar las mejoras precisas para impulsar su uso respetando, al mismo tiempo, la regulación de las demás fórmulas de flexibilización del régimen de incompatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo.

Toma nota de las novedades en la jubilación flexible en 2026:

  • Compatibilidad de la jubilación flexible con una actividad por cuenta propia. Se permite compatibilizar la pensión con el desarrollo de una actividad por cuenta propia, siempre que, en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación, la persona pensionista no hubiera estado en alta en un régimen de la Seguridad Social como persona trabajadora por cuenta propia.

    Se trata de una novedad clave: la jubilación flexible ya no va inexorablemente unida a la realización de una actividad por cuenta ajena y a tiempo parcial, como ocurría anteriormente.
  • Incremento de los límites de jornada en el trabajo a tiempo parcial. Cuando se compatibilice la pensión con un trabajo por cuenta ajena y a tiempo parcial, la jornada ya no deberá oscilar dentro de los límites recogidos en el artículo 12.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (entre 25 y 75 %), sino que puede estar comprendida entre un 33 y un 80 % en relación con la de una persona trabajadora a tiempo completo comparable.
  • Nuevos incentivos económicos para el retorno parcial al mercado laboral. La cuantía de la pensión se minorará respecto de la jornada de trabajo realizada en los mismos términos que antes pero, como novedad, se establece la posibilidad de incrementar la pensión en un 15 o un 25 % adicional en algunos casos, en función del porcentaje de jornada de trabajo a tiempo parcial que se realice y del momento de inicio de la actividad (tras al menos seis meses desde la jubilación).
  1. Jornada parcial entre 55 y 80 %. Incremento del 25 %.
  2. Jornada parcial entre 33 y 55 %. Incremento del 15 %.
  • Límite a los efectos de mejora de la jubilación por los periodos cotizados durante la jubilación flexible. La nueva regulación no prevé, como lo hacía la norma anterior, que las cotizaciones efectuadas en las actividades realizadas durante la suspensión parcial del percibo de la pensión de jubilación puedan mejorar la pensión, una vez producido el cese en el trabajo.

    Sin embargo, sí se mantiene la toma en consideración de los periodos cotizados durante el desarrollo de la actividad compatible con la pensión en caso de acceso a la jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador en edades inferiores a la edad ordinaria de jubilación.

    Así, solo en estos supuestos se llevará a cabo un nuevo cálculo de la base reguladora o modificación del porcentaje aplicable a la base reguladora, en función del nuevo periodo de cotización acreditado.

Requisitos para la jubilación flexible

El objetivo de la nueva regulación de la jubilación flexible es reforzar su utilidad práctica, configurándola como una herramienta eficaz para compatibilizar la pensión con la actividad laboral, contribuyendo así a un modelo de transición gradual entre la vida activa y la jubilación plena. Por eso basta con cumplir con los siguientes requisitos para acceder a ella:

  • Estar jubilado previamente, sin que sea necesario cumplir con la edad mínima de jubilación (por ejemplo, en caso de jubilación anticipada por cualquier causa) ni con un periodo mínimo de cotización 
  • En el caso de trabajo por cuenta ajena, la jornada deberá situarse entre el 33 y el 80 % de la jornada ordinaria comparable.
  • En el supuesto de trabajo por cuenta propia, se exige que la persona pensionista no haya estado de alta como autónoma durante los tres años anteriores al hecho causante de la pensión.

Tipos de jubilación flexible

Con la reforma de la jubilación flexible 2026 pasamos a tener dos tipos de jubilación flexible: 

  • Jubilación flexible por cuenta ajena
  • Jubilación flexible por cuenta propia

Para cada una de ellas existen distintos requisitos y porcentajes de pensión, según las reglas que hemos visto en puntos anteriores. 

Régimen de compatibilidades de la jubilación flexible

  • La jubilación flexible es compatible con determinadas prestaciones, como la incapacidad temporal o las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor.
  • Por el contrario, resultará incompatible con la pensión de incapacidad permanente derivada de la nueva actividad, así como con determinados complementos vinculados a la jubilación demorada.

Además, la persona pensionista no tendrá derecho a los complementos para pensiones inferiores a la mínima durante el tiempo en el que compatibilice la pensión con el trabajo.

¿Cómo se solicita la jubilación flexible?

La jubilación flexible deberá iniciarse a petición del pensionista o de su representante (no supone una obligación extra para la empresa), que deberá dar los siguientes pasos:

  • Comunicar a la entidad gestora, con carácter previo, el inicio de cualquier trabajo por cuenta ajena o actividad por cuenta propia que determine la aplicación del régimen de jubilación flexible. 
  • Comunicar la modificación del porcentaje de la jornada de trabajo a tiempo parcial, así como el cese en el trabajo por cuenta ajena o en la actividad por cuenta propia una vez que se produzca.

Esta falta de comunicación podría tener como consecuencia la devolución de las cantidades percibidas indebidamente, en su caso, así como determinadas sanciones, pero no supone efecto alguno para la empresa que contrate al interesado, que no será responsable de su incumplimiento.

¿Cómo afecta la nueva jubilación flexible a empresas, asesorías y despachos profesionales?

Ten en cuenta que: 

  • Asesorías y despachos profesionales deben tener en cuenta aspectos clave de la nueva normativa para evitar errores en la gestión con la Seguridad Social: la reciente compatibilidad de la jubilación flexible con la actividad por cuenta propia (y sus requisitos y ventajas), los nuevos incentivos económicos al trabajo por cuenta propia, los nuevos requisitos generales de acceso a la jubilación flexible y el régimen de incompatibilidades…
  • Por su parte, las empresas cuentan ahora con nuevos incentivos para contratar a trabajadores en régimen de jubilación flexible: entre otras cosas, se elevan los márgenes de duración mínima y máxima de la jornada parcial, acercándose más a una jornada completa. Sin embargo, es importante tener en cuenta las fechas de jubilación y alta de cara al disfrute de incentivos por parte del trabajador. 

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¿Qué diferencia hay entre jubilación flexible, jubilación parcial y jubilación activa?

  • Diferencia entre jubilación flexible y jubilación parcial: Mientras que la jubilación flexible se dirige a personas que ya se han jubilado y desean volver a trabajar parcialmente, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, la jubilación parcial se aplica a trabajadores en activo por cuenta ajena que eligen trabajar a tiempo parcial una vez alcanzada su edad ordinaria de jubilación, con o sin contrato de relevo celebrado con un trabajador que cubra el resto de la jornada.
  • Diferencia entre jubilación flexible y jubilación activa: Mientras que la jubilación flexible va destinada a personas que ya se han jubilado y deciden volver a trabajar, obligándolas a hacerlo a tiempo parcial (33-80 %), la jubilación activa se dirige a personas que cumplen la edad de jubilación ordinaria (deben esperar un año más) y deciden seguir trabajando durante un tiempo determinado, permitiéndoles trabajar a jornada completa si lo desean. 
Modalidad  ¿Se trabaja? ¿Se cobra pensión? ¿Momento de acceso?
Jubilación flexible Parcial Tras la jubilación
Jubilación activa Parcial/compatible Tras edad ordinaria
Jubilación parcial
Parcial  Antes de la jubilación total

Es relevante el hecho de que, en el caso de la jubilación activa, el porcentaje de pensión que se cobra va en relación con el tiempo que se retrase la jubilación ordinaria (hasta el 100 % si se retrasa 5 años o más); en caso de jubilación flexible, este porcentaje se relaciona con la duración de la nueva jornada parcial y, por tanto, nunca podrá alcanzar el 100 %.

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Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué es la jubilación flexible?
    La jubilación flexible es una herramienta de prolongación de la vida laboral que consiste en permitir que una persona pensionista puede compatibilizar la pensión ya causada con el ejercicio de una actividad. Se dirige, por tanto, a personas que ya se han jubilado y deciden volver a trabajar a tiempo parcial. 
  • ¿Qué cambios trae la jubilación flexible en 2026?
    Entre los principales cambios en la jubilación flexible en 2026 encontramos la posibilidad de desarrollar una actividad por cuenta propia, así como determinados incentivos en forma de porcentajes extra (15-25 %) para determinados jubilados que decidan trabajar por cuenta ajena. También aumenta el porcentaje de jornada parcial que puede elegir el pensionista que se acoja a la jubilación flexible, que pasa de un 25-75 % a un 33-80%. 
  • ¿Cómo afecta la jubilación flexible a mi empresa?
    Las empresas no se ven afectadas por la jubilación flexible más allá de que, con la nueva regulación, es posible contratar a pensionistas durante una jornada más prolongada, de hasta un 80 % de la jornada que se consideraría completa. Las obligaciones en materia de comunicación, modificación y cese de la actividad corresponden al pensionista, así como el posible efecto de un incumplimiento de su parte. 
  • ¿Cómo gestionar la nueva jubilación flexible para mis clientes?
    La nueva regulación de la jubilación flexible incluye importantes incentivos que es necesario conocer para ofrecer un asesoramiento completo, destacando la nueva posibilidad de desarrollar una actividad por cuenta propia o los nuevos incentivos económicos para quienes elijan trabajar por cuenta ajena. Además, resulta imprescindible manejar los requisitos y límites de cada herramienta de retraso de la edad de jubilación, como la jubilación activa o la jubilación parcial, entre otras, para ofrecer así la modalidad más ventajosa en cada caso.  
  • ¿Cuántas horas puede trabajar un jubilado flexible?
    La jubilación flexible exige la realización de un trabajo a tiempo parcial. Actualmente, la reducción de jornada debe situarse entre un mínimo del 25 % y un máximo del 75 % respecto de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable. Esto significa que el pensionista podrá trabajar entre el 75 % y el 25 % de la jornada ordinaria y percibirá una pensión reducida de forma proporcional.
  • ¿Puede un autónomo acogerse a la jubilación flexible?
    Con carácter general, la jubilación flexible se ha vinculado tradicionalmente al trabajo por cuenta ajena mediante contrato a tiempo parcial. No obstante, la reforma aprobada en 2026 amplía esta posibilidad a determinados trabajadores autónomos, en los términos que establezca la normativa de desarrollo y la Seguridad Social. Antes de iniciar la actividad, conviene verificar los requisitos aplicables en cada caso.
  • ¿Se revaloriza la pensión durante la jubilación flexible?
    Sí. El pensionista mantiene la condición de pensionista durante la situación de jubilación flexible. La pensión continúa sometida al régimen general de revalorización que resulte aplicable cada año, si bien la cuantía efectivamente percibida estará reducida en función de la jornada de trabajo realizada. Además, las cotizaciones efectuadas durante este período pueden tener efectos en el recálculo posterior de la pensión.
  • ¿Qué ocurre cuando finaliza el contrato de trabajo?
    Una vez extinguido el contrato a tiempo parcial, el trabajador debe comunicar el cese a la entidad gestora correspondiente. Desde ese momento recuperará el percibo íntegro de la pensión de jubilación y la Seguridad Social podrá recalcular la prestación teniendo en cuenta las cotizaciones realizadas durante la situación de jubilación flexible.
  • ¿Es compatible la jubilación flexible con contratos temporales?
    Sí. La normativa exige que la actividad se realice mediante un contrato a tiempo parcial, pero no limita la modalidad contractual a contratos indefinidos. Por tanto, siempre que se cumplan los requisitos de jornada y compatibilidad establecidos por la Seguridad Social, la jubilación flexible puede aplicarse también en contratos temporales.
  • ¿Se puede pasar de jubilación activa a jubilación flexible?
    La posibilidad de pasar de una modalidad a otra dependerá de que se cumplan los requisitos exigidos para cada figura en el momento del cambio. La jubilación activa y la jubilación flexible son regímenes distintos de compatibilidad entre trabajo y pensión, con requisitos y efectos diferentes sobre la cuantía de la prestación. Por ello, antes de realizar cualquier cambio es recomendable analizar el caso concreto y consultar a la Seguridad Social.

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lucia-sicre-expert
Experta en comunicación legal y periodismo jurídico
Periodista y abogada con más de 10 años de experiencia en el sector de la comunicación y el periodismo legal, ha colaborado con distintos medios de comunicación, despachos de abogados y editoriales jurídicas en la redacción y divulgación de contenido legal y económico.
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